Este informe del Senado de Puerto Rico recomienda la aprobación del P. de la C. 3905, que enmienda la Ley Núm. 111 de 17 de abril de 2003 (Ley de Seguridad en la Operación de Inflables para la Diversión). La enmienda principal transfiere la responsabilidad de administrar y velar por la seguridad de los inflables del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) al Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico, considerando que este último está más relacionado con la operación y seguridad de dichos equipos.
18 de noviembre de 2003
el P. de la C. 3905
La Comisión de Banca y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración del P de la C 3905 tiene el honor de recomendar la aprobación de la medida de referencia sin enmiendas.
El P de la C 3905 tiene como propósito enmendar el titulo y los Artículos 2, 3, y 4 de la Ley Num. 111 de 17 de abril de 2003, conocida como "Ley de Seguridad en la Operación de Inflables para la Diversión", a los fines de que, donde se mencione al Departamento de Asuntos del Consumidor o a su Secretario, en la misma se sustituya por el Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico y por su jefe de dicho Cuerpo, respectivamente.
Las enmiendas propuestas fue la conclusión de que la agencia que administrara y velará por la implantación de la Ley de Seguridad en la Operación de Inflables para la Diversión, es el Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico porque este Cuerpo está más relacionado con la operación y seguridad de los inflables que el Departamento de Asuntos del Consumidor, agencia que originalmente fue considerada.
La Comisión de Banca y Asuntos del Consumidor solicitó memoriales explicativos al Secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor (se discutió con el Secretario, el Lcdo. Javier Echevarría Vargas) y al Cuerpo de Bomberos ( se discutió con el Jefe Auxiliar del Negociado de Prevención de Incendios, Miguel Colón Nieves).
Con fecha del 30 de septiembre de 2003 el Secretario del DACO expuso en un memorial que coincide con los valores que persiguen con el proyecto para disponer que la reglamentación de esa industria del entretenimiento, y que pase a formar parte de las responsabilidades y poderes con los que actualmente cuenta el Cuerpo de Bomberos.
El Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico, por medio de carta fechada 13 de noviembre de 2003 reciben con beneplácito el haberles considerado y delegado a esa agencia la responsabilidad la seguridad de los inflables para la diversión.
La Comisión de Banca y Asuntos del Consumidor recomienda la aprobación del $P$. de la C. 3905 , sin enmiendas.
Respetuosamente sometido,
Roberto Vigoreaux Lorenzana Presidente Comisión de Banca y Asuntos del Consumidor