Informe sobre el P. del S. 2231 que propone enmendar la Ley Núm. 49 de 1 de diciembre de 1917 para otorgar jurisdicción temporal al Departamento de Transportación y Obras Públicas sobre una sección de la Avenida José de Diego en San Juan para realizar mejoras, incluyendo la habilitación de aceras para el paso peatonal y la construcción de estacionamientos, con una asignación de fondos de $1.5 millones. La medida busca cumplir con el 'American with Disabilities Act of 1990' y mejorar la seguridad de los transeúntes. Se recomienda la aprobación con enmiendas para designarla como Resolución Conjunta y ajustar la asignación de fondos.
Informe sobre el P. del S. 2231
Vuestra Comisión de Desarrollo del Municipio de San Juan, previo estudio y consideración del P. del S. 2231, y a tono con las recomendaciones recogidas en las ponencias presentadas por las entidades consultadas, tiene a bien someter el presente informe recomendando la aprobación, con las enmiendas contenidas en el Entirillado Electrónico que se adjunta, del Proyecto del Senado 2231.
El P. del S. 2231 fue radicado por el Senador José Ortiz Daliot con el propósito de "enmendar el Artículo 2 de la Ley Num. 49 de 1 de diciembre de 1917 para que el Departamento de Transportación y Obras Públicas tenga jurisdicción exclusiva sobre las aceras y la vía de rodaje de la Avenida José de Diego desde la intersección con la avenida Franklin Delano Roosevelt hasta la intersección con la Avenida Jesús T. Piñeiro en el Municipio de San Juan y ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas poner en vigor el plan piloto de mejoras a dicha avenida y a las aceras, coordinar con la Autoridad de Carreteras, la Autoridad de Energía Eléctrica y otras agencias, los trabajos necesarios para habilitarlas adecuadamente para que no haya obstrucción del paso peatonal y construcción de estacionamientos; y la asignación de fondos."
La Comisión solicitó ponencias de las siguientes entidades:
El Municipio de San Juan no presentó ponencia como respuesta a la solicitud hecha mediante comunicación entregada el 7 de julio de 2003. Tampoco se presentó a la Vista Ejecutiva citada para el jueves, 2 de octubre de 2003.
El Departamento de Transportación y Obras Públicas en comunicación de 15 de julio de 2003 endosó la aprobación de la medida. Según el Secretario, Hon. Fernando Fagundo Fagundo: "[Nuestro] (El) Departamento endosa la medida como proyecto piloto de mejoras a esa avenida y a las aceras para habilitarlas adecuadamente para el paso de los peatones. Todo ello en cumplimiento con el'American with Disabilities Act of 1990', y el compromiso de hacer los centros urbanos más amigables y atractivos a los transeúntes, condicionado a que se asignen los fondos requeridos para efectuar dicho proyecto. Con este proyecto se persigue también la creación de estacionamientos para facilitar el acceso a esa área.
Es imperativo consignar y clarificar, que donde único se estaría realizando este proyecto piloto sería en la Ave. De Diego, e inmediatamente se finalicen los arreglos, la jurisdicción será devuelta al municipio. Comprendemos y endosamos la intención legislativa de ayudar a mejorar la calidad de vida de los ciudadanos con impedimento de movilidad, de las madres con niños de coche, en fin de todos nuestros conciudadanos."
La Oficina de Gerencia y Presupuesto no comentó la medida cuando se le solicitaron comentarios mediante comunicación entregada el 7 de julio de 2003.
Sin embargo, sí se presentó a la Vista Ejecutiva citada para el jueves, 2 de octubre de 2003. En dicha vista OGP presentó una comunicación que lee: "Sometemos nuestros (comentarios) sobre la medida de referencia la cual propone enmendar el Artículo 2 de la Ley núm. 49 de 1 de diciembre de 1917 para que el Departamento de Transportación y Obras Públicas tenga jurisdicción exclusiva sobre las aceras y las vías de rodaje de la Ave. José de Diego [desde la intersección con la Avenida José de Diego] desde la intersección con la Avenida Franklin Delano Roosevelt hasta la intersección con la Avenida Jesús T. Piñeiro en el Municipio de San Juan y ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas poner en vigor el plan piloto de mejoras a dicha avenida y a las aceras, coordinar con la Autoridad de Carreteras, la Autoridad de Energía Eléctrica y otras agencias, los trabajos necesarios para habilitarlas adecuadamente para que no haya obstrucción del paso peatonal y construcción de estacionamientos; y la asignación de fondos. Se expresa en la Exposición de Motivos que en las principales avenidas del Municipio de San Juan existe el problema de obstrucción de rampas de acceso y aceras debido al uso de éstas como estacionamiento de vehículos de motor. Esta situación pone en peligro la vida de los transeúntes cuando éstos se ven obligados a utilizar las vías de rodaje para desplazarse. Se añade que ello no sólo afecta a las personas con impedimentos que encuentran obstruidas sus vías de acceso, sino que también resulta ser peligrosa para los niños, personas de edad avanzada y madres que utilizan coches para sus infantes. La medida persigue establecer un plan piloto para realizar mejoras a la vía de rodaje y aceras de una parte de la Avenida José de Diego del Municipio de San Juan. Para ello le otorga al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) jurisdicción temporal sobre la vía de rodaje y las aceras de esta avenida desde la intersección con la Avenida Franklin Delano Roosevelt hasta la
intersección con la Avenida Jesús T. Piñeiro. De esta manera, el DTOP podrá diseñar y construir las obras necesarias para que el peatón pueda hacer uso máximo y en todo momento de las aceras, a la vez que los vehículos de motor puedan estacionarse en las vías de rodaje. Según información recibida de parte de funcionarios del Municipio de San Juan, éstos nos indican que se encuentran en la etapa de diseño de áreas de estacionamientos, para poder liberar las aceras y rampas de acceso de los vehículos que obstaculizan esta avenida. Sugerimos se consulte al Municipio de San Juan sobre las iniciativas específicas que planifica en dicha área. Por su parte, el DTOP endosa la medida como un plan piloto de mejoras, condicionado a que se asignen los fondos requeridos para efectuar dicho proyecto, el cual creará estacionamientos para facilitar el acceso a esa área. El Departamento además clarifica que inmediatamente se finalicen los arreglos, la jurisdicción seria devuelta al municipio. En términos presupuestarios para cumplir con las disposiciones de esta Ley, la medida asigna al DTOP la cantidad de $1.5 millones provenientes del Fondo General. Debemos indicar que la aprobación de esta asignación conllevaría realizar ajustes en otras partidas del DTOP, al no haberse considerado la misma cuando se aprobó el presupuesto 2003-2004. Por consiguiente, sugerimos que se consulte a éste sobre la viabilidad de realizar dichos ajustes en su presupuesto para atender los propósitos que se persiguen. Hacemos notar que el presupuesto aprobado para el año 2003-2004 incluye una asignación al DTOP, del Fondo de Mejoras Públicas, de $38.2 millones y una autorización para incurrir en obligaciones de $15 millones para, entre otras, labores de construcción reconstrucción, repavimentación, rehabilitación de facilidades viales y actividades relacionadas. Por último, señalamos que la redacción de la enmienda al Artículo 2 de la Ley
Núm. 49 de 1 de diciembre de 1917 expresada en Artículo 1 de la medida, contiene un error de redacción en su primera oración. El comienzo de esa oración lee "Las travesias de los pueblos que por virtud de las secs. 12 a 18 de este titulo sean conservadas..." La alusión en esta redacción a las "secs. 12 a 18 de este titulo" no corresponde al texto de la Ley Núm. 49 sino a la redacción de la compilación no oficial denominada Leyes de Puerto Rico Anotadas. La redacción correcta conforme lee la Ley Núm. 49 sería "Las travesias de los pueblos que, por virtud de esta Ley sean conservadas...".
La Oficina del Comisionado de Asuntos Municipales en su ponencia de 6 de agosto de 2003 le manifestó a la Comisión lo siguiente: "El proyecto piloto de mejoras a esta avenida y aceras, para habilitarlas de manera adecuada resulta cónsono con el cumplimiento del 'American with Disabilities Act of 1990' (ADA), el cual aplica a Puerto Rico y entre otras cosas, asegura el acceso de todo ciudadano a través de aceras y rampas seguras. Además, esta medida persigue la creación de estacionamientos para facilitar el acceso a esa área, ya que la obstrucción de las aceras pone en peligro la vida y seguridad de los ciudadanos.
La jurisdicción sobre esta avenida pasará al Departamento de Transportación y Obras Públicas, sin embargo, una vez concluyan las mejoras y arreglos, la jurisdicción será devuelta al Municipio de San Juan.
La Oficina de la Comisionada de Asuntos Municipales no objeta la aprobación del Proyecto del Senado 2231. (énfasis en el original)"
Las enmiendas propuestas en el Entirillado Electrónico recogen la necesidad de que la acción legislativa se haga en un formato apropiado. Las enmiendas están dirigidas a cambiar la designación de la medida de Ley a Resolución Conjunta, conforme con el carácter transitorio de la acción propuesta. La asignación propuesta también se enmienda de conformidad con lo solicitado por el
Departamento de Transportación y Obras Públicas. Los fondos para el inicio de la obra correspondiente están disponibles según nos ha certificado la Comisión de Hacienda del Senado de Puerto Rico.
La Comisión de Desarrollo del Municipio de San Juan recomienda la aprobación, con las enmiendas incluidas en el Entirillado Electrónico adjunto, del Proyecto del Senado 2231, como medida para mejorar la calidad de las vías públicas en la Ciudad Capital.
Comisión de Desarrollo del Municipio de San Juan