Enmienda la Ley Núm. 17 de 11 de abril de 1968 para aumentar el límite de la garantía del Estado Libre Asociado de Puerto Rico para bonos emitidos por la Autoridad de Edificios Públicos, de $2,100,000,000 a $2,500,000,000, con el fin de financiar el Programa de Mejoras Permanentes de la Autoridad.
Vuestra Comisión de Hacienda, previo estudio y consideración del P. de la C. 3451 tiene el honor de recomendar a este Alto Cuerpo su aprobación sin enmiendas.
El P. de la C. 3451 tiene el propósito de enmendar el Título y el Artículo 1 de la Ley Núm. 17 de 11 de abril de 1968, según enmendada, a los fines de aumentar el límite de la garantía del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, de dos mil cien millones ( $2,100,000,000$ ) de dólares, a dos mil quinientos millones ( $2,500,000,000$ ) de dólares, para bonos a ser emitidos en circulación por la Autoridad de Edificios Públicos.
La Autoridad de Edificios Públicos (la "Autoridad") es una corporación pública e instrumentalidad del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, creada mediante la Ley Núm. 56, aprobada el 19 de junio de 1958, según enmendada (la "Ley 56"), para proveer planta física para oficinas gubernamentales, escuelas, facilidades de salud y bienestar social, cuarteles, la judicatura, instituciones penales y cualesquiera otras estructuras físicas relacionadas con servicios gubernamentales.
El Programa de Mejoras Permanentes revisado para los años fiscales 2002-2006 consiste de 255 proyectos que se encuentran en diferentes etapas con un costo total estimado de $1,580,624,345. Hasta el 30 de junio de 2002, la inversión realicen el Programa de Mejoras Permanentes era de $473,731,100. La inversión estimada para el año fiscal 2003-2004 es de $409 millones. La medida persigue aumentar la garantía del ELA para con los bonos que emite la AEP en $400 millones, para elevar el total de la garantía a $2,500,000,000.
Conforme a la Ley Núm. 17 de 11 de abril de 1968, según enmendada, los bonos emitidos por la AEP tienen la garantía del Estado Libre Asociado de Puerto Rico en cuanto al pago del principal e interés. En este momento, y según aprobado mediante la Ley Núm. 75 de 25 de julio de 1996, la cantidad máxima que la AEP puede emitir en bonos es $2.1 billones.
Con el propósito de que la AEP pueda emitir deuda adicional, es necesario que se amplíe la garantía del Estado Libre Asociado a un máximo de $2,500,000,000 (dos mil quinientos millones). Esto representa un aumento de $400 millones, con el cual la AEP podrá continuar el desarrollo del Programa de Mejoras Permanentes aprobado. El programa de mejoras de la AEP se financia principalmente mediante líneas de crédito interinas otorgadas por el Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico (BGF), que luego son convertidas o repagadas con financiamiento permanente a través de emisiones de bonos que son vendidas en el mercado exento de bonos de los Estados Unidos. En ocasiones, de acuerdo a las condiciones del mercado de bonos, se financia el programa directamente con emisiones de bonos, sin recurrir a las líneas de crédito del BGF.
Durante el pasado mes de enero de 2002, la AEP salió al mercado de bonos, logrando obtener ahorros importantes para el gobierno. La emisión de enero incluyó $185.3 millones en refinanciamiento y $553.7 millones de dinero nuevo. De este dinero nuevo, se desembolsaron cerca de $360.7 millones para pagar los balanceas de las líneas de crédito otorgadas por el BGF usadas para financiar la construcción de forma interina, toda vez que la AEP no acudía al mercado de bonos desde el año 1997.
El aumento en garantía solicitado de $400,000,000 a consignarse en esta Ley respaldará el costo total estimado del programa de mejoras permanentes de la Autoridad para los próximos cuatro (4) años fiscales.
La Comisión de Hacienda celebró audiencias públicas sobre el P. del S. 2011 el 19 de febrero de 2003, equivalente al P. de la C. 3451 objeto de este informe. A la misma comparecieron el Sr. José Hernández en representación de la Oficina de Gerencia y Presupuesto, la Arqta. Lilliam Rivera Correa, Directora Ejecutiva de la Autoridad de Edificios Públicos, Sr. Héctor Méndez Vázquez, Presidente, Banco Gubernamental de Fomento y representación del Departamento de Justicia. Todos los deponentes endosaron la aprobación de este proyecto.
La Comisión de Hacienda entiende que es de suma importancia la aprobación de esta medida para que la AEP continúe aportando a la economía del país y cumpla con los compromisos programáticos de esta Administración.
Esta medida fue discutida en Reunión Ejecutiva por la Comisión de Hacienda. Por lo antes expuesto, vuestra Comisión de Hacienda recomienda la aprobación del P. de la C. 3451 sin enmiendas.
Respetuosamente sometido, $20 %$ A. Modesto Luis Agosto Alicea Presidente Comisión de Hacienda