Esta ley establece el tercer sábado de septiembre de cada año como 'El Día Nacional de Limpieza de Playas' en Puerto Rico. Su objetivo es promover la conservación ambiental, la limpieza de las costas y educar a la ciudadanía sobre la importancia de proteger los recursos naturales, designando responsabilidades al Gobernador y al Departamento de Estado para su implementación y coordinación.
(P. del S. 1752)
Para disponer que el tercer sábado de cada mes de septiembre, se conocerá como "El Día Nacional de Limpieza de Playas" en ocasión de conmemorarse el décimo sexto aniversario de la celebración de la campaña nacional del día internacional de limpieza de las playas.
En más de 90 países alrededor del mundo durante el tercer sábado del mes de septiembre, más de un millón de buceadores y amigos del agua se unen para luchar contra una de las causas más graves de la contaminación de las aguas, la basura.
Cada año llegan a nuestras aguas gigantescas cantidades de basura. La fundación "Proyect A.W.A.R.E." en colaboración con el "Ocean Conservancy" coordina un día para dedicarse a la limpieza de las playas. Ellos ayudan a recopilar datos relacionados con la basura y a clasificarlos por tipos, cantidad y origen. Se identifican 12 grupos de residuos de basura, entre los que se cuentan, tales como: colillas de cigarrillos, envases de bebidas y cristales rotos.
En Puerto Rico, la Compañía de Parques Nacionales, así como el Departamento de Recursos Naturales, se une al esfuerzo realizado por estas organizaciones, dándose a la tarea de realizar también esta actividad de limpieza en diferentes playas y balnearios de Puerto Rico. Entre éstos se encuentran: El Parque del Tercer Milenio (Playa Escambrón y áreas detrás del Hotel Normandie) en San Juan, La Monserrate en Luquillo, "Seven Seas" en Fajardo, "Sun Bay" en Vieques, Punta Santiago en Humacao, Punta Guilarte en Arroyo, Caña Gorda en Guánica, Balneario Boquerón en Cabo Rojo, Tres Hermanos en Añasco, Manuel "Nolo" Morales en Dorado, Cerro Gordo en Vega Baja y Punta Salinas en Toa Baja.
La participación en el "Día de Limpieza de las Playas" no sólo mejora el estado de las aguas, sino que también crea el interés público necesario para temas de este tipo, ayuda a investigar las causas que llevan a la creación de basura; que para los dirigentes de la Ciencia y la Política genera datos y conocimientos valiosos. Pero sobre todo, nos da la oportunidad de conservar uno de los regalos más preciados que nos ha dado la madre naturaleza, las playas para el uso y disfrute de todos los ciudadanos.
Reafirmando nuestro compromiso con proyectos de preservación y conservación del ambiente esta Asamblea Legislativa, entiende necesario unirse a este esfuerzo. Por tanto, se decreta el tercer sábado del mes de septiembre de cada año como "El Día Nacional de Limpieza de Playas".
Artículo 1.- Se dispone que el tercer sábado del mes de septiembre de cada año será observado y celebrado en todo el Estado Libre Asociado de Puerto Rico como "El Día Nacional de Limpieza de Playas".
Artículo 2.- El Gobernador o Gobernadora del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, dará cumplimiento a los propósitos de esta Ley, y mediante proclama al efecto exhortará anualmente a todo el pueblo puertorriqueño a realizar en ese día actividades conducentes a celebrar y educar a la ciudadanía sobre el propósito e importancia de la labor realizada durante este día.
Artículo 3.- El Departamento de Estado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico será responsable de coordinar la organización y celebración de las actividades oficiales relacionadas con esta Ley.
Artículo 4.- Esta Ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.