Esta ley solicita a la Comisión Denominadora de Vías y Estructuras Públicas, adscrita al Instituto de Cultura Puertorriqueña, que designe un tramo de la antigua carretera Núm. 2 (Carr. 4491) en Camuy, desde el Río Camuy hasta el monumento al Veterano, como 'Avenida Los Veteranos', en reconocimiento y honor a los veteranos puertorriqueños.
(P. de la C. 2555)
Para solicitar a la Comisión Denominadora de Vías y Estructuras Públicas adscrita al Instituto de Cultura Puertorriqueña, designe el área de la antigua carretera Núm. 2, Carr. 4491, que comprende desde el Río Camuy hasta el monumento al Veterano de Camuy, Avenida Los Veteranos.
Nuestros veteranos, son personas que sacrificaron y arriesgaron sus vidas por la patria. Dedicaron parte de su juventud defendiendo sus ideales y hoy día muchos de éstos aún sufren a causa de las vivencias a las que se expusieron. Es por esto, que debemos distinguir a los veteranos puertorriqueños, la Asociación de Veteranos y la Legión Americana Puesto Núm. 25, del Municipio de Camuy.
Esto no les devuelve ni recompensa el tiempo vivido, ni las duras experiencias pasadas, pero al menos le proyectaremos lo agradecida que se encuentra su patria por haber sido defendida tan dignamente.
Esta Asamblea Legislativa entiende que nos corresponde reconocer a estos seres y hacer justicia. Puerto Rico posee una deuda con estos luchadores, quienes se sentirán muy honrados con este reconocimiento.
Sección 1.-Solicitar a la Comisión Denominadora de Vías y Estructuras Públicas adscrita al Instituto de Cultura Puertorriqueña, designe el área de la antigua carretera Núm. 2, Carr. 4491, que comprende desde el Río Camuy hasta el monumento al Veterano de Camuy, Avenida Los Veteranos.
Sección 2.-Se insta a la Comisión Denominadora, realizar el trámite necesario para la denominación antes de 11 de noviembre de 2004, fecha en que se celebra el Día del Veterano.
Sección 3.-Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
Presidente de la Cámara
Presidente del Senado