Ley 287 del 2003

Resumen

Proyecto de ley que busca declarar la segunda semana de abril de cada año como la "Semana del Güiro" en Puerto Rico, reconociendo la importancia cultural y musical de este instrumento típico en la identidad puertorriqueña.

Contenido

ORIGINAL

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES:

Vuestra Comisión de Gobierno recibió para estudio el Proyecto del Senado 1437. Luego de dicho estudio tenemos a bien recomendar su aprobación sin enmiendas.

ALCANCE DEL PROYECTO DEL SENADO 1437

El Proyecto del Senado 1437 tiene la finalidad de declarar la segunda semana del mes de abril de cada año como la "Semana del Güiro".

El güiro ha formado parte integral de la historia musical de Puerto Rico, y en general, de la cultura de nuestro pueblo. La música es expresión de la idiosincrasia del pueblo, mediante ésta se transmiten vivencias, recuerdos y sentimientos, que luego pasan a ser parte de nuestra memoria colectiva. Con la música el jíbaro canta sobre las penas del trabajo con la tierra, de las satisfacciones de la vida campesina. Y es a través de los instrumentos típicos que esa expresión musical toma forma. El güiro es parte esencial del cuadro musical puertorriqueño, junto con otros como el tiple, el tres, la guitarra, y el cuatro. Al reconocer la aportación del güiro a nuestra herencia cultural, reconocemos también la importancia de aquellas vivencias comunes que la música evoca en todos los puertorriqueños.

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Esta comisión ha concluido que esta medida es útil par realzar nuestros valores como pueblo y hacer homenaje a nuestras raíces musicales y culturales.

CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN

Por lo expuesto en este informe, vuestra Comisión de Gobierno recomienda la aprobación del Proyecto del Senado 1437 sin enmiendas.

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Enmiendas0 enmiendas relacionadas con esta ley

Esta ley no ha sido enmendada **

Esta ley no modifica otras leyes. **

** Aún estamos procesando enmiendas, puede que falte Información.