Ley 27 del 2003

Resumen

Informe de la Comisión de Transportación y Obras Públicas de la Cámara de Representantes sobre el P. del S. 1664, que ordena a la Administración de Terrenos de Puerto Rico ceder en arrendamiento al Departamento de Educación media cuerda de terreno en Humacao para ser utilizado como área de estacionamiento para la Escuela Segunda Unidad José Toro Ríos.

Contenido

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

14ta. Asamblea Legislativa

4ta. Sesión Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

INFORME P. DEL S. 1664

DE NOVIEMBRE DE 2002

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

Vuestra Comisión de Transportación y Obras Públicas de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y consideración del P. del S. 1664, recomienda la aprobación de este informe con enmiendas contenidas en el entirillado electrónico.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El propósito del P. del S. 1664 es ordenar a la Administración de Terrenos de Puerto Rico ceder en arrendamiento por un dólar ($1.00) al año al Departamento de Educación media (1/2) cuerda de terreno ubicado al lado de la Carretera P.R. 925 frente a la Escuela Segunda Unidad José Toro Ríos del Barrio Pasto Viejo del Municipio de Humacao para utilizarse como área de estacionamiento para el personal de dicha escuela.

Según se desprende de la Exposición de Motivos de esta pieza legislativa, el personal docente, estudiantes y otros empleados de la Escuela Segunda Unidad José Toro Ríos además, de los padres tienen serias dificultades para estacionar sus vehículos a lo largo de la carretera, ya que la escuela no cuenta con espacio para esos fines.

En el descargue de este mandato legislativo la Comisión de Transportación y Obras Públicas celebró una vista pública el 15 de octubre de 2002 con la comparecencia de la Administración de Terrenos, el Departamento de Educación y el Municipio de Humacao.

Según indica la ponencia del Departamento de Educación, el referido Departamento entiende que la aprobación de esta medida beneficiaria a la comunidad

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escolar de la Segunda Unidad José Toro Ríos del Distrito Escolar de Humacao. Con las facilidades de estacionamiento que se proyectan, el personal docente y no docente, así como los estudiantes y sus padres, podrán contar con la tranquilidad necesaria, lo que redunda en benefício para toda la comunidad.

No obstante, el Departamento de Educación sugiere que se identifiquen los fondos necesarios para acondicionar el terreno, ya que el Departamento de Educación no cuenta con una partida presupuestaria para tales fines.

La Administración de Terrenos nos indica que los terrenos, objeto de esta medida legislativa, son parte de una finca, localizada en el Barrio Antón Ruiz del Municipio de Humacao. Son terrenos de alta capacidad agrícola y los mismos se encuentran en áreas inundables y de humedales. Al presente se encuentran arrendados para la crianza de ganado.

Con el propósito de garantizar el máximo aprovechamiento de los terrenos y afectar lo menos posible la integridad de la finca, a la vez que se provee una alternativa de estacionamiento a la Escuela, se le solicitó al Director de la Escuela Segunda Unidad José Toro Ríos que solicitara formalmente el arrendamiento de los terrenos informando el número de estacionamientos requeridos, a lo cual el Director contestó que se necesita alrededor de treinta (30) espacios de estacionamiento o aproximadamente mil doscientos (1,200) metros cuadrados.

La Administración de Terrenos para colaborar en la solución al problema de seguridad y de estacionamiento que tiene la escuela, mientras se cumpla con la responsabilidad ministerial de la Administración de conservar y de tener disponibles terrenos para distintos proyectos de interés público y para fomentar el desarrollo económico y la conservación de los mismos, sugieren lo siguiente:

  1. Que en vez de conceder en usufructo los terrenos, los mismos estén disponibles el Departamento de Educación mediante arrendamiento por un valor nominal. De esta forma se resolvería la situación que confronta la escuela pero sin imponer un gravamen sobre la totalidad de la finca, como lo sería el usufructo.
  2. El arrendamiento estaría vigente hasta que los terrenos sean necesitados para algún fin público o hasta que permanezca la necesidad de estacionamiento de la escuela, lo que ocurra primero.
  3. Que el predio a arrendarse al Departamento de Educación sea de una cabida de media (1/2) cuerda o dos mil (2,000) metros cuadrados. Esta cantidad de terreno es suficiente para proveer estacionamiento a alrededor de cincuenta (50) vehículos.
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  1. Que la Administración de Terrenos realizará una evaluación de los terrenos para identificar y delimitar el área específica a arrendarse y las condiciones en las cuales deben utilizarse los terrenos para garantizar la integridad de la finca.

CONCLUSION

Por todo lo antes expuesto, vuestra Comisión de Transportación y Obras Públicas de la Cámara de Representantes recomienda favorablemente la aprobación del P. del S. 1664 con enmiendas contenidas en el entirillado electrónico.

Respetuosamente sometido,

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Enmiendas0 enmiendas relacionadas con esta ley

Esta ley no ha sido enmendada **

Esta ley no modifica otras leyes. **

** Aún estamos procesando enmiendas, puede que falte Información.