Esta ley enmienda la Ley Núm. 104 de 2003 para establecer una contribución especial aplicable al ingreso devengado por individuos y entidades (incluyendo equipos y asociaciones afiliadas) en relación con la celebración de juegos de béisbol de Grandes Ligas en Puerto Rico. También especifica la vigencia de estas disposiciones.
(P. de la C. 3891)
3 DE SEPTIEMBRE DE 2003
Para enmendar el título de la Sección 1012A y el párrafo (47) de la Sección 1022 de la Ley Núm. 104 de 10 de abril de 2003.
Artículo 1.-Se enmienda el Título de la Sección 1012A de la Ley Núm. 104 de 10 de abril de 2003, para que se lea como sigue: "Sección 1012A.-Contribución Especial Aplicable al Ingreso Devengado por Individuos Residentes o no Residentes Participantes de Juegos de Béisbol de Grandes Ligas Celebradas en Puerto Rico."
Artículo 2.-Se enmienda el párrafo (47) de la Sección 1022 de Ley Núm. 104 de 10 de abril de 2003, para que se lea como sigue: "(47) Ingreso recibido o devengado en relación con la celebración de juegos de béisbol de Grandes Ligas en Puerto Rico. - Ingresos de cualquier naturaleza recibidos o devengados por equipos de béisbol de Grandes Ligas o asociaciones o entidades afiliadas a dichos equipos (incluyendo, pero sin que se entienda una limitación, la Oficina del Comisionado de Béisbol de Grandes Ligas, Major League Baseball Properties, Inc., Major League Baseball Enterprises, Inc., Baseball Television, Inc., Major League Baseball Advanced Media, L.P. y entidades sucesoras de éstas) en relación con la celebración de juegos de béisbol de Grandes Ligas en Puerto Rico y el ingreso de cualquier naturaleza devengado por entidades contratadas por dichos equipos de béisbol de Grandes Ligas o por dichas asociaciones o entidades afiliadas a éstos para organizar y encargarse de la operación, promoción o administración de dichos juegos de béisbol de Grandes Ligas."
Artículo 3.-Vigencia.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación pero sus disposiciones serán efectivas para años contributivos comenzados después del 31 de diciembre de 2002.
Presidente del Senado