Ley que concede una pensión vitalicia anual de $20,000 a la señora Luz Martínez Martínez, viuda del Ex-Rector y Ex-Presidente de la Universidad de Puerto Rico y Ex-Comisionado Residente, don Jaime Benítez Rexach, en reconocimiento a su servicio público y el apoyo de su esposa. La ley ordena al Secretario de Hacienda a satisfacer dicha pensión con fondos del Tesoro Estatal.
(P. del S. 778)
Para conceder una pensión vitalicia de veinte mil $(20,000)$ dólares anuales, efectiva al 1ro de julio de 2001, a la señora doña Luz Martínez Martínez, en su condición de viuda del ExRector y Ex-Presidente de la Universidad de Puerto Rico y Ex-Comisionado Residente de Puerto Rico en los Estados Unidos don Jaime Benítez Rexach; para ordenar al Secretario de Hacienda que satisfaga dicha pensión; y para asignar los fondos necesarios para el pago de ésta.
Durante treinta (30) años en conjunto, de 1942 a 1972, el licenciado don Jaime Benítez Rexach ocupó el cargo de Rector y el de Presidente de la Universidad de Puerto Rico, habiendo sido figura principal en el proceso de desarrollo de ésta como una de las instituciones docentes de mayor reconocimiento y prestigio en el mundo académico americano. Durante cuatro (4) años adicionales, de 1972 a 1976, ocupó el cargo de Comisionado Residente de Puerto Rico en los Estados Unidos. Por espacio de esos treinta y cuatro (34) años, su hoy viuda, doña Luz Martínez Martínez, dedicó su vida a ofrecer un valioso y eficaz apoyo a la gestión pública de su esposo, evidente a todas luces para quienes conocen bien ese periodo de la historia de Puerto Rico. Doña Luz Martínez Martínez no sólo fue la esposa de un servidor público distinguido que fue además miembro de la Asamblea Constituyente del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, sino también una servidora ad honorem de su país, al que honró ante las más distinguidas personalidades del ámbito académico y político del mundo.
Esta noble mujer, viuda hoy en su vejez, no tiene derecho legal, aunque sí moral, a disfrutar de una pensión como viuda de tan distinguido puertorriqueño ni a disfrutarla, por derecho propio, como puertorriqueña que puso también sus dotes personales al servicio del país al dar apoyo a la gestión pública de su esposo.
La Asamblea Legislativa de Puerto Rico considera que el agradecimiento de todo un pueblo obliga en este caso a prestar una ayuda económica a doña Luz Martínez Martínez.
Artículo 1.- Se concede una pensión vitalicia de veinte mil $(20,000)$ dólares anuales, efectiva al 1ro de julio de 2001, a doña Luz Martínez Martínez, viuda del Ex-Rector y Ex-Presidente de la Universidad de Puerto Rico y Ex-Comisionado Residente de Puerto Rico en los Estados Unidos don Jaime Benítez Rexach, mientras aquélla se mantenga en estado de viudez y no reciba otra pensión del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
Artículo 2.- Para cumplir los propósitos de esta Ley, por la presente se autoriza y se ordena al Secretario de Hacienda de Puerto Rico para que, anualmente, separe y satisfaga preferentemente, de cualesquiera fondos no comprometidos del Tesoro Estatal, los fondos necesarios para satisfacer la pensión a la que hace referencia el Artículo 1. Dichos fondos deberán consignarse en el presupuesto anual de gastos del Gobierno de Puerto Rico.
Artículo 3.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.