Ley 239 del 2002

Resumen

Ley que denomina las facilidades deportivas y recreativas ubicadas en el Barrio Tortugo del Municipio de San Juan con el nombre de "Doña Eneida Ramos Cepeda", en reconocimiento a su destacada labor educativa, cívica y social, así como sus ejecutorias dirigidas a mejorar la calidad de vida de los puertorriqueños.

Contenido

(P. de la C. 2807)

LEY NUM. 239 28 DE SEPTIEMBRE DE 2002

Para denominar las facilidades deportivas y recreativas ubicadas en el Barrio Tortugo del Municipio de San Juan, con el nombre de la distinguida dama "Doña Eneida Ramos Cepeda", en reconocimiento a su destacada labor educativa, cívica y social, así como sus encomiables ejecutorias dirigidas a mejorar la calidad de vida de los puertorriqueños, particularmente de su comunidad.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Cada comunidad recuerda y honra con cariño y orgullo a sus más ilustres hijos. Una manera de rendir homenaje a personas distinguidas y perpetuar su memoria es designar con sus nombres las obras públicas.

Doña Eneida Ramos Cepeda, una leyenda viva que mantuvo con brillantez el sentido de "vivir para los demás" y quien ostentó un honroso historial como ciudadana comprometida con su comunidad, era una digna representante de la mujer puertorriqueña. Era doña Eneida una mujer dedicada, dinámica, ejemplo de superación y esfuerzo en nuestra sociedad. Su entusiasmo, esmero y capacidad creadora constituyeron factores determinantes e indispensables en el logro de nuestras máximas aspiraciones para hacer llegar a sus conciudadanos los frutos del bienestar cívico, social y espiritual.

Como miembro de varias organizaciones cívicas, sociales y educativas realizó una labor extraordinaria en todas sus facetas que la hicieron merecedora de varios galardones, reconocimientos y lauros.

Doña Eneida Ramos Cepeda hizo una contribución significativa al establecimiento de programas y organizaciones efectivas y adecuadas; igualmente, al desarrollo de proyectos en su comunidad. Sus logros transmiten un mensaje vital a la sociedad puertorriqueña, especialmente en el Barrio Tortugo, Municipio de San Juan, en defensa de los menos afortunados y de la dignidad humana.

La sensibilidad de esta mujer de cualidades extraordinarias la hicieron acreedora del cariño, respeto y admiración de todos los que tuvieron el placer y el honor de conocerla y compartir con ella sus luchas y desvelos en pro del bienestar de sus vecinos y conciudadanos.

Lo cierto es que para doña Eneida Ramos Cepeda servir a su prójimo fue una extensión de sí misma, parte de su vida. Como testimonio perpetuo de la deferencia y afección que siente su lar ante su nobleza, honradez y humildad como ser humano, la Asamblea Legislativa del Estado Libre Asociado de Puerto Rico procede designar las facilidades deportivas y recreativas ubicadas en el Barrio Tortugo en el Municipio de San Juan, con el nombre de "Doña Eneida

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Ramos Cepeda" en reconocimiento a esta ciudadana, quien a través de sus magníficas ejecutorias y vida ejemplar dio lustre a su pueblo y a su gente. DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO: Artículo 1.- Denominar las facilidades deportivas y recreativas ubicadas en el Barrio Tortugo del Municipio de San Juan, con el nombre de la distinguida dama "Doña Eneida Ramos Cepeda", en reconocimiento a su destacada labor educativa, cívica y social, así como sus encomiables ejecutorias dirigidas a mejorar la calidad de vida de los puertorriqueños, particularmente de su comunidad.

Artículo 2.- La Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico tomará las medidas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de esta Ley, sin sujeción a lo dispuesto en la Ley Núm. 99 de 22 de junio de 1961, según enmendada.

Artículo 3.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

Presidente de la Cámara Presidente del Senado

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Enmiendas0 enmiendas relacionadas con esta ley

Esta ley no ha sido enmendada **

Esta ley no modifica otras leyes. **

** Aún estamos procesando enmiendas, puede que falte Información.