Este informe de la Cámara de Representantes recomienda la aprobación del P. de la C. 2633, que busca enmendar la "Ley de Incentivos Contributivos de 1998" para otorgar exención total de contribución sobre ingresos y exención parcial de patentes, arbitrios y otras contribuciones municipales a negocios exentos bajo esta ley que operen en Vieques, Culebra o municipios con situaciones económicas similares. El objetivo es estimular el desarrollo económico y la creación de empleo en estas áreas, ofreciendo un incentivo de exención total por diez años y una tasa reducida del 2% por el resto del período de exención.
$\mathcal{C}$ Vuestra Comisión de Hacienda luego del correspondiente estudio y avaluación del P. de la C. 2633 tiene el honor de recomendar su aprobación con las enmiendas que se acompaña en el entirillado electrónico.
El P. de la C. 2633 tiene el propósito de añadir el párrafo (3) y redesignar el párrafo (3) como párrafo (4) del apartado
(a) de la Sección 3, y enmendar el párrafo (1) del apartado
(b) de la Sección 6 de la Ley Núm. 135 de 2 de diciembre de 1997, conocida como "Ley de Incentivos Contributivos de 1998", a los fines de conceder exención total de contribución sobre ingresos y exención parcial de patentes, arbitrios y demás contribuciones municipales, a negocios exentos bajo esta Ley, localizados en las islas municipio de Vieques y Culebra, o cualquier otro municipio con una situación económica o de desempleo similar a dichos municipios.
Las islas municipio de Vieques y Culebra, o cualquier otro municipio con una situación económica o de desempleo similar a dichos municipios son parte integral de nuestro pueblo. Sin embargo, su desarrollo económico y social no ha ido a la par con el del resto de nuestra Isla, y sus residentes se han mantenido en un constante rezago y estancamiento económico.
A pesar de los esfuerzos del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico por impulsar la actividad económica de las islas municipios mediante el Programa de Promoción Industrial de la Compañía de Fomento Industrial, aún con el largo período de exención contributiva aplicable a Vieques y Culebra de 25 años, el desempleo y la dependencia social continúan marcando la vida de sus ciudadanos. No obstante esta ayuda, la naturaleza y localización de Vieques y Culebra limita sustancialmente la infraestructura básica que necesita la industria, por lo que se requiere un trato especial por parte del gobierno.
Ya la "Ley de Incentivos Turísticos" provee $100 %$ de exención por diez (10) años para las operaciones turísticas que se establezcan en ambas islas. A tales efectos, y con el propósito de ofrecer el mayor estímulo contributivo posible, se propone enmendar la Ley Núm. 135 de 2 de diciembre de 1997, para conceder una exención total de contribución sobre ingresos y una exención parcial de patentes, arbitrios y demás contribuciones municipales, a las empresas que tengan un decreto bajo esta Ley, y que estén establecidas o establezcan sus operaciones de manufactura o servicio en cualquiera de las dos islas durante un período de diez (10) años. El remanente de dicho período podrá disfrutar una tasa de dos (2) por ciento. Al así hacerlo, brindamos el máximo beneficio de la Ley con el objetivo de atraer mayor actividad industrial que genere empleos y progreso para sus habitantes. Con este nuevo incentivo, la industria comenzaría a ver las islas como una alternativa real y provechosa para el posible establecimiento de sus negocios.
En virtud de lo anteriormente expuesto, vuestra Comisión de Hacienda tiene el honor de recomendar la aprobación del P. de la C. 2633 con las enmiendas que se acompaña en el entirillado electrónico.