Ley 202 del 2002
Resumen
Ley que ordena a la Oficina del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente revertir tres millones de dólares ($3,000,000) al Fondo General para que formen parte del cuadre de ingresos del año fiscal 2002.
Contenido
(P. de la C. 1319)
LEY NUM. 202
28 DE AGOSTO DE 2002 Para ordenar a la Oficina del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente que revierta al Fondo General la cantidad de tres millones (3,000,000) de dólares para que formen parte del cuadre de ingresos del año fiscal 2002.
EXPOSICION DE MOTIVOS
La Oficina del Fiscal Especial Independiente se creó mediante la Ley Núm. 2 de 23 de febrero de 1988, que crea el cargo de Fiscal Independiente. La función de este organismo es investigar y procesar criminalmente a determinados funcionarios que incurren en conducta delictiva, para promover y preservar la integridad de los funcionarios e instituciones públicas del Gobierno del Estado Libre Asociado, con el propósito de restaurar la confianza del Pueblo en su Gobierno y en sus servidores públicos.
En vista pública celebrada por la Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes, la Oficina del Panel del Fiscal Especial Independiente le informó a la Comisión que para el año fiscal vigente tendrían un sobrante de tres millones (3,000,000) de dólares. A pesar de que la Ley dispone que los recursos no utilizados se transfieran al Fondo General, esta Asamblea Legislativa necesita que a partir del 1ro. de julio de 2001, dicha cantidad ingrese al Fondo General para que forme parte del cuadre de ingresos del año fiscal 2002.
DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo 1.- Se ordena a la Oficina del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente que revierta al Fondo General la cantidad de tres millones (3,000,000) de dólares para que formen parte del cuadre de ingresos del año fiscal 2002.
Artículo 2.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.