Ley 144 del 2001

Resumen

Este informe de la Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes recomienda la aprobación del P. de la C. 1494, que busca enmendar el Código de Rentas Internas de Puerto Rico (Ley Núm. 120 de 1994). Las enmiendas propuestas tienen como objetivo principal incentivar la conversión de corporaciones y sociedades locales en compañías públicas, promoviendo la emisión y adquisición de deuda por estas entidades. Se busca ampliar la definición de persona elegible para recibir beneficios contributivos, extender el período para la conversión a entidad pública y conceder una tasa preferencial del 7% a emisiones subsiguientes. La medida pretende estimular el crecimiento de capital local y el desarrollo de los mercados de capital en Puerto Rico.

Contenido

CAPACI 3

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

14ta. Asamblea Legislativa

CÁMARA DE REPRESENTANTES

INFORME de septiembre de 2001

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES:

Vuestra Comisión de Hacienda, luego del correspondiente estudio y evaluación del P. de la C. 1494, tiene el honor de recomendar su aprobación con las enmiendas incluidas en el entirillado electrónico que se acompaña.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El P. de la C. 1494 tiene el propósito de enmendar el apartado

(e) de la Sección 1014 y el apartado

(c) de la Sección 1121 de la Ley Núm. 120 de 31 de octubre de 1994, según enmendada, como "Código de Rentas Internas de Puerto Rico", a los fines de enmendar la definición de persona elegible; desarrollar la conversión de corporaciones y sociedades locales en compañías públicas; y promover la emisión y adquisición de deuda por compañías públicas y para otros fines.

La Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes, celebró vista pública en la cual depusieron: el Departamento de Hacienda, Departamento de Justicia, Asociación de Industriales de Puerto Rico, Colegio de Contadores Públicos Autorizados y el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio.

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El Departamento de Hacienda, al igual que las demás organizaciones que comparecieron a la vista pública, endosaron la aprobación de la medida.

Sin embargo, el Departamento de Hacienda recomendó una serie de enmiendas, las cuales están contenidas en el entirillado electrónico.

La medida pretende incentivar el que un número significativo de empresas locales se conviertan en entidades públicas de manera que se estimule el crecimiento de capital local mediante el mecanismo de ofertas públicas.

La medida de referencia, propone los siguientes cambios:

  1. ampliar y clarificar la definición de persona elegible sujeta a recibir el beneficio de la tasa preferencial.
  2. Extender hasta diciembre 31 de 2007, el período permitido para llevar a cabo la conversión a entidad pública.
  3. Conceder el beneficio de la tasa preferencial del 7% a emisiones subsiguientes que haga la corporación o sociedad pública.

Este Departamento entiende que la medida será una herramienta útil para que empresas locales obtengan fuentes adicionales de financiamiento. Además, se estimula el

desarrollo económico a través de la creación de una actividad económica que ayudaría al desarrollo de los mercados de capital. En este sentido, la aprobación de la medida no afectará negativamente los recaudos al Fondo General.

La Asociación de Industriales de Puerto Rico favoreció la aprobación de la medida, ya que la enmienda propuesta, amplía considerablemente la aplicación del beneficio contributivo haciéndolo más atractivo, puesto que se le concedería tanto al que

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vende como al que compra en la Oferta Inicial de Venta o en emisiones de acciones subsiguientes de una corporación.

El Departamento de Justicia expresó no tener ninguna objeción legal para la aprobación de esta medida.

El Colegio de Contadores Públicos Autorizados de Puerto Rico endosó la medida y sugirió algunas enmiendas que están contenidas en el entirillado electrónico.

El Departamento de Desarrollo Económico y Comercio está a favor de que se apruebe la medida, ya que la misma es cónsona con la política pública de la Administración, ofrecer incentivos que estimulen la inversión en negocios y/o industrias operando aquí, y que va dirigida precisamente a aquellas personas naturales o jurídicas que deseen vender o comprar acciones y/o participaciones en corporaciones que se convierten en públicas, para que con la capitalización de las mismas puedan seguir expandiendo sus mercados posiblemente hacia el exterior.

En virtud de todo lo anteriormente expuesto, la Comisión de Hacienda tiene el honor de recomendar la aprobación del P. de la C. 1494 con enmiendas.

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Enmiendas0 enmiendas relacionadas con esta ley

Esta ley no ha sido enmendada **

Esta ley no modifica otras leyes. **

** Aún estamos procesando enmiendas, puede que falte Información.