Esta ley declara el Túnel de Guajataca en el Municipio de Isabela como monumento histórico. Además, establece que el Instituto de Cultura Puertorriqueña, en coordinación con el Municipio de Isabela, deberá desarrollar un plan de manejo para garantizar su disfrute y preservación.
(P. de la C. 2575)
Para declarar monumento histórico el Túnel de Guajataca del Municipio de Isabela.
Las vías ferreas en Puerto Rico tuvieron su inicio para el 1870, por iniciativa de hacendados de la caña que utilizaron este medio de transporte para el acarreo de la misma. Ya para el 1898 se habían construido cuatro tranvías en Puerto Rico, a saber: en Mayagüez, Ponce, uno que transcurría entre San Juan, Río Piedras y Caguas y otro entre Cataño y Bayamón. Más tarde los tranvías de San Juan y Ponce fueron convertidos en "trolleys" eléctricos y el de Mayagüez se electrificó utilizando baterías.
El uso de ferrocarriles privados se proliferó cubriendo 67 kilómetros donde se operaban locomotoras de vapor y trenes pequeños para pasajeros. La Compañía Ferrocarrilera de Puerto Rico, de origen francés, construyó el primer tramo del ferrocarril entre Canóvanas y Quebradillas, entre Isabela y Mayagüez y entre Yauco y Ponce. Esta compañía luego pasó a la American Railroad Company completándose la ruta de San Juan y Ponce y otras vías secundarias.
La obra más significativa de dicha compañía fue la conexión entre Isabela y Quebradillas sobre el cañón del Río Guajataca. Esta construcción se culminó hace aproximadamente 93 años con la excavación de dos túneles uno a cada lado del cañón. Éstos se unieron por un viaducto de acero de 250 metros de largo y a una elevación de 40 metros sobre el nivel del río.
El tren en Isabela significó un auge en la economía del pueblo. La estación pasó a ser un centro de gran actividad económica donde se vendían diferentes productos, incluyendo los famosos quesitos de hoja y los pecesitos de colores que siempre han identificado el pueblo, entre otros distintivos.
Isabela tiene propiedades y edificaciones que forman parte de su herencia histórica y cultural. El Túnel de Guajataca representa la grandeza de una obra de ingeniería, la transición política de dos eras y una nueva conexión entre el pasado y las generaciones de un tercer milenio.
La Asamblea Legislativa entiende que el Túnel de Guajataca es un baluarte histórico para nuestra generación y generaciones futuras por lo que es pertinente conservarlo y preservarlo.
Artículo 1.-A los fines de la presente Ley, "Túnel de Guajataca" comprenderá el túnel, el tramo en forma de camino que se conserva y se relaciona al ferrocarril, así como, la cambija y el
muro de protección que se localiza en diferentes puntos de la zona. Artículo 2.-Se declara monumento histórico el Túnel de Guajataca del Municipio de Isabela. Artículo 3.-El Instituto de Cultura Puertorriqueña, en coordinación con el Municipio de Isabela, desarrollará un Plan de Manejo que garantice el disfrute y la preservación de este monumento histórico.
Artículo 4.-Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.