Ley que deroga la Ley Núm. 2 de 9 de julio de 1935, la cual creaba el cargo de Consejero Financiero y Económico del Gobernador de Puerto Rico. Esta ley elimina dicha posición por considerarla en desuso, transfiriendo sus funciones a un Asesor del Gobernador en Asuntos Económicos.
(P. de la C. 1267)
Para derogar la Ley Núm. 2 de 9 de julio de 1935, según enmendada, que crea el cargo de Consejero Financiero y Económico del Gobernador de Puerto Rico y define los deberes y funciones de dicho cargo.
La Ley Núm. 2 de 9 de julio de 1935 crea el cargo de Consejero Financiero y Económico del Gobernador de Puerto Rico, define los deberes y funciones de dicho cargo y atiende otros fines.
Sin embargo, esta ley que data de 1935 está en desuso. Actualmente, el Asesor del Gobernador en Asuntos Económicos es la persona encargada de ejecutar las funciones que estaban asignadas al cargo de referencia, siendo su sueldo fijado administrativamente.
Por lo antes expuesto, esta Asamblea Legislativa considera necesario derogar la antes mencionada Ley.
Sección 1.-Se deroga la Ley Núm. 2 de 9 de julio de 1935, según enmendada. Sección 2-Esta Ley comenzará a regir inmediatamente luego de su aprobación.