Esta ley enmienda la Sección 2 de la Ley Núm. 51 de 21 de junio de 1971 para corregir la referencia del 'Departamento de Instrucción Pública' y sustituirla por 'Departamento de Educación', atemperando la legislación a la redenominación de la agencia.
(P. del S. 642)
Para enmendar la Sección 2 de la Ley Núm. 51 de 21 de junio de 1971, a fin de corregir en la ley que conmemora el natalicio de Lola Rodríguez de Tió, la referencia del Departamento de Instrucción Pública para que se lea como Departamento de Educación.
La Ley Núm. 68 de agosto de 1990, redenominó el Departamento de Instrucción Pública como el "Departamento de Educación del Estado Libre Asociado". Por tal razón, esta Asamblea Legislativa entiende que es menester atemperar la Ley Núm. 51 de 21 de junio de 1971, la cual reconoce la dedicación, el patriotismo, valentía y arrojo por la causa de la justicia y la libertad de Lola Rodríguez de Tió, para así corregir la referencia del Departamento de Instrucción Pública y sustituirla por el Departamento de Educación.
Decretase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:
Artículo 1.- Se enmienda la Sección 2 de la LeyNúm. 51 de 21 de junio de 1971, para que se lea de la siguiente forma: "Sección 2.-
El Departamento de Educación y el Instituto de Cultura Puertorriqueña adoptarán las medidas necesarias para dar cumplimiento a los propósitos de esta Ley, mediante la organización y celebración de actos en tributo de recordación a la memoria de esta insigne mujer puertorriqueña."
Artículo 2.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.