Esta ley enmienda el Artículo 1 de la Ley Núm. 54 de 3 de junio de 1983, para añadir el civismo como uno de los criterios a evaluar en los estudiantes de escuelas públicas que participan en el Premio Roberto Clemente, el cual reconoce el aprovechamiento académico y deportivo.
(P. de la C. 1804)
Para enmendar el Artículo 1 de la Ley Núm. 54 de 3 de junio de 1983, a los fines de añadir el civismo como uno de los criterios a evaluar en los estudiantes participantes al Premio Roberto Clemente.
Mediante la Ley Núm. 54 de 3 de junio de 1983, se instituyó el Premio Roberto Clemente, el cual se concede anualmente a aquellos estudiantes de la escuela pública de Puerto Rico a nivel elemental, intermedio y superior que más se distinguen por su aprovechamiento académico y deportivo durante el año escolar. El Premio Roberto Clemente puede consistir de dinero en efectivo, pergaminos o placas y se adjudica conforme a las reglas adoptadas por el Departamento de Educación de Puerto Rico, en coordinación con la organización Ciudad Deportiva Roberto Clemente, Inc., a los mejores estudiantes en cada nivel y en cada una de las distintas regiones educativas. Con miras de que la figura ejemplar de nuestro héroe del deporte puertorriqueño, Roberto Clemente, sirva de estímulo para que los estudiantes de las escuelas públicas de la Isla encarrilen sus energías y talentos para el bienestar de su prójimo y maximicen su educación, el Premio Roberto Clemente se concede a aquellos alumnos que alcanzan la mayor excelencia académica y deportiva.
El propósito que persigue la Ley Núm. 54 de 3 de junio de 1983 es uno noble, ya que alienta a nuestros jóvenes estudiantes a sacarle el mayor beneficio a la educación que reciben pero, además, les estimula a sobresalir en otra faceta de sus vidas como lo es el deporte. No obstante ello, esta pieza legislativa omite considerar el civismo como una de las cualidades o criterios a evaluar en la concesión del Premio Roberto Clemente.
El civismo consiste de una serie de cualidades que caracterizan al buen ciudadano; es reflejo del celo, la generosidad y la cortesía que se tiene para con los demás ciudadanos. Precisamente, fue en el cumplimiento de un acto cívico, de una misión humanitaria, que Roberto Clemente perdió la vida. A finales de 1972, éste, conmovido por el devastador terremoto que azotó a Nicaragua, organizó una campaña de ayuda para los sobrevivientes del sismo. Sin embargo, el avión fletado que abordó para llevar la contribución puertorriqueña a dicho país cayó a las aguas de Isla Verde, muriendo así, trágicamente, este mito del deporte del béisbol.
Las cualidades de Roberto Clemente: el hombre cívico, el humanitario, el ciudadano ejemplar, son características que se deben inculcar y realzar en nuestros jóvenes estudiantes. El añadir el civismo como uno de los criterios a evaluar en los participantes al Premio Roberto Clemente adelantaría tales objetivos y redundaría en un beneficio tanto para nuestra juventud estudiantil como para nuestra sociedad.
Artículo 1.-Se enmienda el Artículo 1 de la Ley Núm. 54 de 3 de junio de 1983, para que lea como sigue: "Artículo 1.- Se instituye el Premio Roberto Clemente el cual habrá de concederse anualmente a aquellos estudiantes de las escuelas públicas de Puerto Rico a nivel elemental, intermedio y superior que más se distingan por su aprovechamiento académico y deportivo y participación en actividades cívicas durante el año escolar."
Artículo 2.-Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.