Esta ley declara el mes de febrero de cada año como el 'Mes de la Música de Trío' en Puerto Rico. Su propósito es conmemorar y promover las aportaciones de la música de trío, exhortando al Gobernador a emitir una proclama y mandando a diversas entidades públicas, incluyendo el Instituto de Cultura Puertorriqueña, el Conservatorio de Música y los municipios, a organizar actividades para este fin.
(P. del S. 1299)
Para declarar y conmemorar durante el mes de febrero de cada año el "Mes de la Música de Trío" en Puerto Rico.
La R. del S. 527 fue aprobada, con el consenso del Senado de Puerto Rico, el 31 de enero de 1994, para "reafirmar el valor de la música de trío y su aportación al acervo cultural de Puerto Rico, conmemorar durante febrero el "Mes de la Música de Trío", así como propiciar en las diversas generaciones de ciudadanos en el país el disfrute y el constante respaldo a los profesionales de esta forma de expresión musical."
A tal efecto, en la R. del S. 527 se destaca un recuento del patrimonio histórico musical puertorriqueño que se manifiesta a través de la música de tríos. Esta constituye una forma de expresión musical romántica que utiliza como elemento principal la guitarra y el requinto.
En referencia al ensayo histórico-musical, A tres voces y guitarras-Los tríos en Puerto Rico, del historiador, coleccionista y estudioso Pablo Marcial Ortiz Ramos, en la R. del S. 527 se mencionan, entre los tríos merecedores de reconocimiento, los nombres siguientes: Borinquen de Rafael Hernández, Aurora, Estrellas Boricuas, Antillano, Los Gauchos, Kofresí, Marcano, Ruiseñores Criollos, Armando Vega, Vegabajeño, Los Universitarios, Johnny Rodríguez, Renares, Los Tres Romanceros, Los Murcianos, Los Antares de Felipe Rodríguez, Las Damiselas de Sylvia Rexach, Los Borincanos de Miguelito Alcaide ('Four Amigos'), Los Hispanos, Los Primos y Tríos de Julito Rodríguez Reyes, San Juan con Johnny Albino, Santurce, Los Condes, Los Caciques con Julín Reyes, Borinquen con Papo Valle, Los Tres Grandes, Voces de Puerto Rico con Rafael Scharrón, Rey Arroyo, Los Kintos con Freddie Matos, Los Cancioneros con Ricardo Feliú, Los Tres Nombres de Moncho Rosario y los Ases del Recuerdo con el joven Josean López.
También, en la citada R. del S. 527 se hace énfasis en la interacción de los artistas puertorriqueños de la música de trío con el escenario musical neoyorquino, cubano, mejicano y de otros países del mundo, así como la dinámica de los referidos artistas con otros tríos cuya expresión musical ha impactado el quehacer artístico en Puerto Rico, tales como Los Matamoros, Los Panchos, Los Tres Diamantes, Los Tres Ases, Los Tres Reyes con el puertorriqueño Hernando Avilés, Dalmar, Las Tres Guitarras y Quisqueya.
Asimismo, en la R. del S. 527 se hace reconocimiento de la gestión encomiable de la Fundación de Música de Trío de Puerto Rico organizada, en el año 1983, por el guitarrista Ramón L. Rosario Vale. Esta entidad lleva a cabo la misión de fomentar y divulgar la música de los tríos, además de afiliar a los integrantes de estas agrupaciones musicales y triófilos.
Cónsono con esta misión, en la R. del S. 527 se resalta la gesta de otras generaciones artísticas en nuestro país en su reinterpretación y revitalización del repertorio musical de los tríos como indiscutiblemente constituye la trascendencia del trabajo de artistas puertorriqueños como Danny Rivera, Lucecita Benítez, Julio Angel Acevedo, Felito Félix, Carmita Jiménez, José Nogueras, Ismael Miranda y Chucho Avellanet.
A tenor con el mandato en la R. del S. 527 de integrar los esfuerzos públicos y privados con los de la clase artística para revitalizar musicalmente a las diversas generaciones de ciudadanos en nuestro país y patrocinar toda gestión conducente al rescate del entusiasmo de nuestro Pueblo por las manifestaciones musicales de los tríos en Puerto Rico fue celebrada la Serenata Musical de Tríos, el lunes 14 de febrero de 1994, en el Salón de Actos Leopoldo Figueroa del Senado de Puerto Rico. En esta actividad participaron, entre otros tríos, Los Estelares, Armonía 3, Extasis, Ases del Recuerdo, Los Sentimentales, Caribe, Los Kintos, Voces de Puerto Rico, Los Cancioneros y Borinquen; además de artistas como el insigne Johnny Rodríguez, todos excelsos representantes que reafirman el valor de la música de tríos y aportan al acervo cultural de Puerto Rico.
De esta forma, en virtud de la R. del S. 527, se ha reconocido el impacto cultural de la música de tríos en Puerto Rico y su valor como manifestación de la idiosincrasia de nuestro Pueblo. Además, se ha destacado la aportación de estas agrupaciones musicales al propiciar el disfrute y el esparcimiento de los ciudadanos para el logro de una convivencia sana, equilibrada y civilizada.
Procede, por tanto, que la Asamblea Legislativa de Puerto Rico de conformidad con la presente Ley reitere el mandato consignado en la R. del S. 527, aprobada el 31 de enero de 1994, a fin de que anualmente se emita la declaración y se lleve a cabo la conmemoración correspondiente al "Mes de la Música de Trío en Puerto Rico".
Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico: Artículo 1.- Se declara el mes de febrero de cada año como el "Mes de la Música de Trío" en Puerto Rico, con el propósito de conmemorar, particularmente durante dicho mes, las aportaciones musicales de los tríos en beneficio de la formación y la sensibilidad de las diversas generaciones de ciudadanos en Puerto Rico.
Artículo 2.- El Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, mediante proclama al efecto, exhortará anualmente al pueblo puertorriqueño a que manifieste su agradecimiento, respaldo y rinda merecido homenaje a los tríos en Puerto Rico mediante la organización y el patrocinio de las actividades propias de la declaración y la conmemoración durante febrero del "Mes de la Música de Trío", en reconocimiento a la aportación artístico cultural de estas agrupaciones musicales en nuestro país.
Artículo 3.- El Instituto de Cultura Puertorriqueña, la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública, el Conservatorio de Música de Puerto Rico, el Centro de Bellas Artes Luis A. Ferré, así como los organismos y las entidades públicas e igualmente, los municipios en Puerto Rico,
adoptarán las medidas que sean necesarias para la consecución de los objetivos de esta Ley mediante la organización y celebración de actividades para la conmemoración del "Mes de la Música de Trío en Puerto Rico". Además, promoverán la participación de los ciudadanos y entidades privadas en estas actividades.
Artículo 4.- Esta Ley tendrá vigencia inmediata después de su aprobación.