Ley 29 del 1996
Resumen
Esta ley designa la escuela localizada en la Carretera Núm. 132, Km. 24, Hm. 1, en la Urbanización La Providencia y frente a la Urbanización Jardines del Caribe en Ponce, como 'Escuela Eugenio Le Compte', en reconocimiento a la trayectoria del educador, ingeniero, agrónomo, abogado, C.P.A., político, intelectual, periodista y cívico Eugenio Le Compte. La ley también instruye a la Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas a tomar las medidas necesarias para su cumplimiento.
Contenido
(P. del S. 981)
LEY 29
30 DE ABRIL DE 1996
Para disponer que la escuela localizada en la Carretera Núm. 132, Km. 24, Hm. 1, (de Ponce a Peñuelas), en la Urbanización La Providencia y frente a la Urbanización Jardines del Caribe en Ponce, sea designada como 'Escuela Eugenio Le Compte'.
EXPOSICION DE MOTIVOS
Dos factores son esenciales en el desarrollo de la vida humana: el calor del hogar y la enseñanza de la escuela. El hogar, sagrario de buenas costumbres y enseñanza de valores, constituye refugio y la seguridad del núcleo familiar.
La escuela es la extensión y la ampliación del hogar en la labor de forjar a nuestros niños en hombres y mujeres de provecho a nuestra sociedad. En ella se les prepara y se les amplía conocimientos sistemáticos en las materias universales.
La escuela, como una empresa formal a cargo del desarrollo de la conciencia y la racionabilidad del hombre, realiza una función natural en la vida colectiva e individual de la humanidad. La educación puede realizar aportaciones significativas al desarrollo de la personalidad del ser humano y por ende, al desarrollo de la sociedad. Ha ayudado a desarrollar destrezas de comunicación, numéricas y conocer la estructura básica de las instituciones y los propósitos del sistema de vida de la sociedad en que el individuo se desenvuelve día a día.
La Ciudad Seńorial de Ponce cuenta con la memoria y el orgullo de quien en vida fue el licenciado Eugenio Le Compte, prominente educador, ingeniero, agrónomo, abogado, C.P.A., político, intelectual, periodista y cívico. Este distinguido, excelente educador e innovador hombre, sintió fervor y devoción de su origen profesional. El licenciado Le Compte dedicó su vida al desarrollo de la personalidad del puertorriqueño mediante el enriquecimiento de su proceso de socialización por vía de la educación formal e informal.
Fue hombre de excelentes e importantes ejecutorias. En el 1906-08 fue Profesor de Agricultura; 1910-11 Profesor de Agricultura y Ciencias Naturales; 1911-14 Profesor de Agricultura y Administración de Fincas en el Colegio de Agricultura y Artes Mecánicas de Mayagüez; 1920-25 Auditor del Municipio de Ponce; perteneció al Comité Patronal de la Industria Azucarera de Puerto Rico; Director del Partido Unión Republicana; Miembro Fundador de la Asociación General de Maestros de Puerto Rico; Presidente y Fundador de la Asociación de Directores Escolares de Puerto Rico; Miembro del Ateneo de Puerto Rico; Asociación de Productores de Azúcar de Puerto Rico, etc.
En reconocimiento por su dedicación al estudio, por sus inquietudes y su participación en el campo del magisterio, las leyes, la agricultura, la cultura, el civismo y la política entre otros; deseamos
se reconozca este ilustre puertorriqueño por su gestión en beneficio del desarrollo de la escuela en Puerto Rico y por su destacada participación ciudadana de su vida útil y ejemplar para nuestros congéneres puertorriqueños.
Por tanto, honrar y reconocer valores de ciudadanos ejemplares y destacados que han contribuido a escribir la historia noble y progresista de este pueblo es responsabilidad de todos. Es por esto que debemos distinguir esta labor ingente de este insigne compatriota denominando la escuela intermedia localizada en la Urbanización La Providencia, Carr. Núm. 132 (Ponce-Peñuelas) de Ponce como la Escuela Intermedia Eugenio Le Compte.
Decretase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:
Artículo 1.- Disponer que la escuela localizada en la Carretera Núm. 132, Km. 24, Hm. 1, (de Ponce a Peñuelas), en la Urbanización La Providencia y frente a la Urbanización Jardines del Caribe en Ponce, sea designada como "Escuela Eugenio Le Compte".
Artículo 2.- La Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico tomará las medidas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de esta ley, sin sujeción a lo dispuesto en la Ley Núm. 99 de 22 de junio de 1961, según enmendada.
Artículo 3.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.