Enmienda la Ley Núm. 119 de 9 de agosto de 1995 para corregir la fecha de los costos necesarios para la emisión de bonos de 1996, autorizando al Secretario de Hacienda a emitir bonos para financiar mejoras públicas.
(P. de la C. 2142)
Para enmendar el Inciso X del Artículo 1 de la Ley Núm. 119 de 9 de agosto de 1995 a fin de aclarar la fecha de los costos necesarios para la Emisión de bonos de 1996.
La Ley Núm. 119 de 9 de agosto de 1995 autoriza la emisión de bonos para cubrir el costo de mejoras públicas necesarias. Por error involuntario, en el inciso X del Artículo 1 se disponen los costos necesarios para la emisión de bonos de 1994 en lugar de 1996.
Esta medida tiene el fin de aclarar y corregir la fecha de los costos necesarios para la emisión de los referidos bonos.
Artículo 1.- Se enmienda el Inciso X del Artículo 1 de la Ley Núm. 119 de 9 de agosto de 1995 para que se lea como sigue: *Artículo 1.-Se autoriza al Secretario de Hacienda para emitir y vender, de una sola vez o de tiempo en tiempo, bonos del Estado Libre Asociado en una cantidad que no exceda de trescientos cincuenta y cinco millones $(355,000,000)$ de dólares, con el propósito de cubrir el costo de las mejoras públicas necesarias que a continuación se enumeran, incluyendo la adquisición de terreno necesario o derechos sobre terrenos y equipo para el mismo, la preparación de planos y especificaciones, los costos de venta de los bonos y pagarés emitidos en anticipación de los mismos y todo otro gasto necesario en relación con la adquisición o construcción de tales mejoras.
Las mejoras públicas y los costos de venta de los bonos a financiarse bajo esta Ley y las cantidades estimadas del producto de los bonos a ser aplicadas a cada una de dichas mejoras y costos por renglón mayor de gastos son los siguientes: I. Carreteras y Facilidades de Transportación. $79,153,477 II. ... X. Costos necesarios para la Emisión de Bonos de 1996 ..... $3,500,000$ XI. ..."
Artículo 2.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.