Ley 88 del 1995
Resumen
La Ley 88 de 1995 deroga la Ley Núm. 5 de 1942, la cual asignaba fondos del Gobierno Estatal para sufragar los gastos del Gobierno de los Estados Unidos en la aplicación de la Ley Nacional de Prohibición, dado que esta última ya no está en vigor.
Contenido
(P. del S. 1040)
LEY 88
26 DE JULIO DE 1995
Para derogar la Ley Núm. 5 de 17 de noviembre de 1942 que asignaba fondos del Gobierno Estatal para sufragar los gastos en que incurriría el Gobierno de los Estados Unidos en la aplicación de la Ley Nacional de Prohibición.
EXPOSICION DE MOTIVOS
La Ley Núm. 5 de 17 de noviembre de 1942, asignaba fondos para sufragar los gastos del Tesoro de Estados Unidos en la aplicación de la Ley Nacional de Prohibición de 28 de octubre de 1919, según enmendada.
La Asamblea Legislativa, considera necesario derogar la Ley Núm. 5 eliminándola de los estatutos permanentes de Puerto Rico, ya que la Ley Nacional de Prohibición no está en vigor en la actualidad.
Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:
Artículo 1.- Se deroga la Ley Núm. 5 de 17 de noviembre de 1942.
Artículo 2.- Esta Ley empezará a regir inmediatamente después de su aprobación.
Presidente del Senado
Presidente de la Cámara