Ley 234 del 1995

Resumen

Esta ley enmienda el Artículo 9 de la Ley Núm. 198 de 8 de agosto de 1979, conocida como Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad. Su propósito es aumentar a siete años el requisito de experiencia en el ejercicio de la profesión de abogado para poder ser nombrado Registrador de la Propiedad, buscando equiparar los requisitos con los de los Jueces Superiores debido a la complejidad y responsabilidad del cargo.

Contenido

(P. de la C. 1767)

LEY 234
12 DE DICIEMBRE DE 1995

Para enmendar el inciso Segundo del Artículo 9 de la Ley Núm. 198 de 8 de agosto de 1979, según enmendada, conocida como Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, a fines de aumentar el número de años en el ejercicio de la profesión de abogado que se requiere para ser nombrado Registrador de la Propiedad.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Hasta la aprobación de la Ley de la Judicatura de Puerto Rico de 1994, los requisitos para ser nombrado Registrador de la Propiedad eran similares a los requisitos exigidos para ser nombrado Juez Superior. Con la aprobación de la referida Ley se aumentó el número de años de experiencia profesional para poder ser nombrado Juez Superior.

Debido a que la complejidad en funciones y grado de responsabilidad de ambos funcionarios no ha sufrido cambios que justifiquen disparidad en los requisitos de elegibilidad, se hace necesario aumentar el número de años de experiencia profesional para poder ser nombrado Registrador de la Propiedad.

DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Sección 1.- Se enmienda el inciso Segundo del Artículo 9 de la Ley Núm. 198 de 8 de agosto de 1979, según enmendada, para que lea como sigue: *Artículo 9.-Para ser nombrado Registrador es indispensable reunir los requisitos siguientes: Primero: .... Segundo: Tener siete años de haber estado ejerciendo la profesión de abogado y disfrutar de buena reputación.

Sección 2.- Esta Ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.

Presidente de la Cámara Presidente del Senado

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Enmiendas0 enmiendas relacionadas con esta ley

Esta ley no ha sido enmendada **

Esta ley no modifica otras leyes. **

** Aún estamos procesando enmiendas, puede que falte Información.