Ley 137 del 1995
Resumen
Esta ley enmienda la Ley Núm. 20 de 20 de enero de 1995 para calificar a oficiales federales de agencias como el 'United States Customs Service', 'U.S.D.A. Forest Service' y 'U.S. Postal Inspectors' como funcionarios del orden público en Puerto Rico. Esto les faculta para realizar arrestos bajo la Regla 11 de Procedimiento Criminal y les otorga el derecho a solicitar los beneficios de la Ley 104 de 29 de junio de 1955, con el fin de fortalecer la lucha contra la criminalidad en la isla.
Contenido
(P. del S. 1019)
LEY 137
9 DE AGOSTO DE 1995
Para enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 20 de 20 de enero de 1995, a fin de calificar a los oficiales federales del 'United States Customs Service', del 'U.S.D.A. Forest Service' y 'U.S. Postal Inspectors' como funcionarios del Orden Público en Puerto Rico, facultarles a realizar arrestos bajo la Regla 11 de Procedimiento Criminal y otorgarles el derecho a solicitar los beneficios de la Ley 104 de 29 de junio de 1955, según enmendada.
EXPOSICION DE MOTIVOS
En Puerto Rico contamos con oficiales federales que pertenecen al servicio de aduana federal los cuales desempeñan su labor bajo la supervisión del Secretario del Tesoro de los Estados Unidos. Estos funcionarios están autorizados a ejercer la autoridad y desempeñar los deberes provistos por ley y regulaciones federales. Al igual que la Policía de Puerto Rico los mismos pueden: cargar un arma, ejecutar y entregar una orden de arresto o allanamiento, entregar 'subpoenas', administrar juramentos, hacer arrestos sin la debida orden, requerir y recibir información relacionada a ofensas y acceso permitido a material clasificado entre otros. Sin embargo, a estos agentes no se le reconoce como funcionarios del orden público en Puerto Rico a tenor con la Regla 11 de Procedimiento Criminal.
Es de conocimiento general el grave problema de criminalidad por el cual atraviesa nuestra Isla y los esfuerzos continuos que está utilizando el gobierno para erradicar el mismo. Esto, para combatirlo y así brindarle seguridad y esperanza a un pueblo que vive agobiado por el temor de quién va a convertirse en la próxima víctima inocente de este problema social.
Este Gobierno está comprometido en brindarle al pueblo una mejor calidad de vida mediante la implementación de métodos dirigidos a solucionar el problema. Basándonos en esto, entendemos que se debe incluir a los oficiales federales del 'United States Customs Service', 'U.S.D.A. Forest Service' y U.S. Postal Inspectors' en la Ley 20 de 20 de enero de 1995. Trabajando y aunando esfuerzos ambos cuerpos tendremos más recursos para lidiar con la situación. De igual manera se les debe incluir en la Ley Núm. 104 de 29 de junio de 1955, según enmendada, a fin de permitirles recibir los beneficios de la misma.
Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:
Artículo 1.- Se enmienda el Artículo 1 de la Ley 20 de 20 de enero de 1995, para que lea como sigue:
"Artículo 1.- Los oficiales federales del orden público del "Federal Bureau of Investigation" (FBI) , "U.S. Marshalls Service", "Drug Enforcement Administration"(DEA), "U.S. Coast Guard", "Immigration and Naturalization Service", "Bureau of Alcohol, Tobacco and Firearms", "U.S. Secret Service", "U.S. Customs Service", del "U.S.D.A. Forest Service" y "U. S. Postal Inspectors" con autoridad para practicar arrestos en el ejercicio de sus funciones como tales, se considerarán funcionarios del orden público en Puerto Rico y ejercerán poderes de arresto de la misma manera y sujetos a las mismas disposiciones sustantivas y procesales que los agentes del orden público de Puerto Rico a tenor con la Regla 11 de las de Procedimiento Criminal."
Artículo 2.- Se enmienda el Artículo 2 de la Ley Núm. 20 de 20 de enero de 1995, para que lea como sigue: "Artículo 2.- Para los efectos de esta Ley, el término "oficiales del orden público" significará cualesquiera agentes especiales, funcionarios y oficiales del "Federal Bureau of Investigation" (FBI), "U.S. Marshalls Service", "Drug Enforcement Administration"(DEA), "U.S. Coast Guard", "Immigration and Naturalization Service", "Bureau of Alcohol, Tobacco and Firearms", "U.S. Secret Service", "U.S. Customs Service", del "U.S.D.A. Forest Service" y "U.S. Postal Inspectors" con funciones de mantener el orden público y con permiso o autorización para realizar arrestos en el ejercicio de sus funciones ordinarias.
Artículo 3.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
Presidente del Senado
Presidente de la Cámara