Ley 29 del 1994

Resumen

Esta ley deroga la Ley Núm. 123 de 13 de mayo de 1937, la cual regulaba la profesión de anunciadores profesionales y creaba una Junta Examinadora de Anunciadores Profesionales. La derogación se justifica debido a que la Junta nunca fue constituida y en consonancia con la política pública de eliminar organismos gubernamentales inoperantes.

Contenido

(P. de la C. 1189)

Para derogar la Ley Núm. 123 de 13 de mayo de 1937 que regula el ejercicio de la profesión de anunciadores profesionales y crea la Junta Examinadora de Anunciadores Profesionales.

EXPOSICION DE MOTIVOS

La Ley Núm. 123 de 13 de mayo de 1937 crea y regula el ejercicio de la profesión de anunciadores profesionales a través de estaciones radiodifusoras. Asimismo, crea la Junta Examinadora de Anunciadores Profesionales.

La Ley dispuso que la Junta estaria compuesta por el Secretario del Departamento de Educación y dos personas nombradas por el Gobernador. Entre las funciones de la misma figuraba regular y reglamentar los anuncios que se transmitian por la radio, en especial los de bebidas embriagantes o alcohólicas y a específicos para tratamiento de enfermedades secretas.

Sin embargo, el Regıstro de Nombramientos del Gobernador en el Departamento de Estado no refleja nombramientos realizados para dicha Junta, lo que da a entender que la misma nunca fue constituida.

Es política pública del Gobierno de Puerto Rico la eliminación de cargos, comisiones, juntas y organismos inoperantes o cuyos fines se han consumado. Esta medida es otro paso a la consecución de esta política pública. Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico: Artículo 1.- Se deroga la Ley Núm. 123 de 13 de mayo de 1937. Artículo 2.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

Presidente de la Cámara

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Enmiendas0 enmiendas relacionadas con esta ley

Esta ley no ha sido enmendada **

Esta ley no modifica otras leyes. **

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