Esta ley declara la primera semana de junio de cada año como la 'Semana Gastronómica', designando el lunes y viernes de dicha semana como el día del 'Bartender' y del 'Chef' y Profesional de Cocina, respectivamente. Su objetivo es reconocer la contribución de estos profesionales y de la industria restaurantera al desarrollo económico y turístico de Puerto Rico, con el Gobernador emitiendo una proclama anual.
Para declarar la primera semana del mes de junio de cada año como la "Semana Gastronómica" y el lunes y viernes de esa semana como el día del "Bartender" y del "Chef" y Profesional de Cocina, respectivamente.
Los restaurantes en Puerto Rico se han convertido en un recurso altamente valioso en el desarrollo económico y turístico de nuestra Isla. Desde que se fundó el primer restaurante en 1848, conocido como La Mallorquina, se han creado más de trescientos que ofrecen platos de comidas internacionales y locales. Cada día hay más restaurantes de excelencia, a través de toda la Isla, que contribuyen al desarrollo del arte culinario.
Hoy día, los jefes de cocina o "Chefs" y los Profesionales de Cocina, ayudan a que la cocina criolla e internacional que se prepara en Puerto Rico, sea conocida más allá de nuestras costas. Desarrollan recetas con productos que crecen en este suelo tropical, patrocinando los locales y sirviendo de médula en el crecimiento económico y turístico del futuro.
Por otro lado, es necesario reconocer la labor que realizan los "Bartenders" quienes se dedican a la confección de bebidas en los restaurantes y hoteles a través de la Isla. Ellos, a pesar de tener un horario extraordinario que cubre hasta la madrugada, siempre están dispuestos a escuchar con una sonrisa y con mucha atención a los clientes que se le acercan.
La Asamblea Legislativa, mediante la aprobación de esta medida, se une al sentir de los jefes de cocina, dueños de restaurantes y "Bartenders", a través de toda la Isla, reconociendo la necesidad de velar por su fortalecimiento, bienestar y desarrollo.
Artículo 1.- Se declara la primera semana del mes de junio de cada año como la "Semana Gastronómica".
Artículo 2.- El lunes de la "Semana Gastronómica" será dedicado a la celebración de los actos oficiales dirigidos al reconocimiento de los "Bartenders".
Artículo 3.- El viernes de la "Semana Gastronómica" será dedicado a la celebración de los actos oficiales dirigidos al reconocimiento de los "Chefs" y Profesionales de Cocina.
Artículo 4.- El Gobernador, mediante proclama, expresará público reconocimiento en su Semana a todos los restaurantes, y en su día, a los jefes y Profesionales de Cocina por su aportación al arte culinario y a los "Bartenders" por su contribución a la confección de nuevas bebidas.
Artículo 5.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.