Ley que designa la Plaza de Recreo de Río Piedras como "Plaza Padre Eliseo Castaño" en reconocimiento a la labor religiosa y comunitaria del Padre Eliseo Castaño en Puerto Rico. La ley instruye a la Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas a tomar las medidas necesarias para su cumplimiento.
Para disponer que la Plaza de Recreo de Río Piedras sea designada "Plaza Padre Eliseo Castaño".
El Padre Eliseo Castaño representa para el pueblo puertorriqueño una de las figuras del ministerio religioso más dedicadas y consagradas de nuestro tiempo. Su obra material y evangelizadora durante treinta y dos años en Puerto Rico se caracterizó por su gran cariño y entrega a los fieles encomendados a su cuidado pastoral.
El Padre Castaño nació en España en el seno de una familia profundamente religiosa. Comenzó su noviciado en 1942 en la ciudad de Burgos, España y fue ordenado sacerdote en Londres en el 1950, año en que comenzó su apostolado en Cuba. Allí se convirtió en propulsor de las misiones populares.
En el año 1960 llega a Puerto Rico el Padre Castaño y fue nombrado coadjutor de la Parroquia del Pilar en Río Piedras. Desde allí logró ampliar la labor de la Parroquia, y ejerciendo su función como Superior y Párroco del Pilar, construyó el Colegio y la Iglesia Sagrado Corazón de Jesús, cuna de las Misas televisadas en Puerto Rico.
Posteriormente, con igual dedicación y amor, prosiguió su labor en otras parroquias de la Isla. En 1984 vuelve a la Parroquia del Pilar en Río Piedras y en este período dedica sus energías a remozar la Iglesia y hacerla más apta y funcional a los servicios pastorales.
El Padre Eliseo Castaño nos dejó trágicamente el día 31 de agosto de 1991. El pueblo puertorriqueño le está agradecido y siente profundo afecto por esta destacada figura. Designar la Plaza de Recreo de Río Piedras como "Plaza Padre Eliseo Castaño" es un acto de reconocimiento y gratitud a la obra de este consagrado y admirable ser humano. Con la designación, los puertorriqueños rendimos homenaje permanente a su memoria y a su meritoria labor.
Artículo 1.- Se dispone que la Plaza de Recreo de Río Piedras sea designada "Plaza Padre Eliseo Castaño".
Artículo 2.- La Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico tomará las medidas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de esta Ley.
Artículo 3.- Esta Ley empezará a regir inmediatamente después de su aprobación.