Ley 68 del 1992
Resumen
Esta ley adiciona un inciso a la Ley Núm. 34 de 1966 para conceder una bonificación mensual de cien (100) dólares a todo el personal docente que trabaje en los Distritos Escolares de Vieques y Culebra. El objetivo es mitigar el alto costo de vida y las dificultades de reclutamiento y retención de maestros en estas islas municipios, buscando mejorar las condiciones educativas y reducir la desventaja cultural y socioeconómica de los estudiantes.
Contenido
( P . de la C. 1498 )
LEY
Para adicionar un Inciso
(d) al Artículo 8 de la Ley Núm. 34 de 13 de junio de 1966, según enmendada, que establece un sistema de retribución para los maestros del entonces Departamento de Instrucción Pública, hoy Departamento de Educación, a los fines de conceder una bonificación de cien (100) dólares mensuales a todo el personal docente que trabaje en los Distritos Escolares de Vieques y Culebra.
EXPOSICION DE MOTIVOS
La formación geopolítica de Puerto Rico consta de setenta y ocho (78) municipios, dos de los cuales son las islas municipios de Vieques y Culebra. Culebra está situada al noreste y Vieques al sureste de Puerto Rico y cuentan con una extensión territorial de 10.2 y 52 millas cuadradas, respectivamente.
La isla municipio de Vieques cuenta con 8,150 habitantes y la de Culebra con 2,003 habitantes. En Vieques existen once escuelas, nueve del nivel elemental, una del nivel intermedio y una secundaria, en las que laboran 164 empleados bajo la categoría de personal docente. En Culebra existen tres escuelas, dos del nivel elemental y una secundaria que agrupan otros 23 empleados bajo la misma categoría.
Por su situación geográfica, el personal docente de ambas islas municipios tiene que trasladarse a la Isla Grande para obtener: adiestramientos en servicio, estudios postgraduados, educación continuada, materiales instruccionales, artículos de primera necesidad que no le suple el comercio local, servicios médicos especializados, entre otros.
El alto costo de la vida que existe en ambas islas municipios, un 10% más alto que en el resto de la Isla Grande, ha sido evidenciado por estudios realizados por agencias gubernamentales tales como: Departamento de Asuntos del Consumidor, el Ombudsman y el Departamento de Comercio.
En el caso particular de la isla municipio de Culebra existe un serio problema para reclutar el personal docente no administrativo. La gran mayoría del personal asignado a este municipio reside fuera del mismo y tiene que optar por hospedarse en éste. Dicha situación resulta onerosa para estos empleados si se considera que el costo promedio de alojamiento es de treinta y cinco (35) dólares diarios, a lo que se le adicionan los gastos por concepto de transportación marítima o aérea.
En la isla municipio de Vieques, la dificultad estriba mayormente en la retención del personal docente. En los últimos diez años más de sesenta y cinco (65) maestros viequenses han emigrado a las Islas Vírgenes y a territorios de los Estados Unidos en busca de mejores condiciones de trabajo y mayor remuneración económica. Esto resulta alarmante cuando se toma en cuenta que el total de los maestros activos fluctúa entre los 135 a los 150.
La población estudiantil de Vieques presenta un alto por ciento de desventaja económica al observarse los niveles de pobreza en los estudios socioeconómicos que se realizan anualmente. Ello, sumado a la condición de isla, condición que también caracteriza a Culebra, limita a los estudiantes en lo que a actividades o experiencias extracurriculares se refiere. Todo lo cual se refleja en un cuadro de desventaja cultural. A su vez se manifiesta en poca o ninguna motivación hacia el proceso de enseñanza y de aprendizaje por parte de los estudiantes fomentándose, así, la deserción escolar. Para los educadores esto representa un gran desafio. Para ambas islas municipios el reclutar y retener el personal más idóneo y con mayor experiencia representa una forma de lograr que el impacto de la desventaja cultural, social y económica a la que están expuestos estos estudiantes sea menos trascendental.
Una de las alternativas para atender este problema de difícil reclutamiento y retención de personal, es la concesión por ley de alguna bonificación para todo el personal que desempeñe sus labores docentes en los Distritos Escolares de Vieques y Culebra, sean o no residentes de dichas islas. De esta forma se incentiva a dicho personal a brindar sus servicios en estas islas municipios proveyéndole un mecanismo para afrontar el alto costo de la vida que impera en éstos, por su particular condición geográfica.
Se entiende que la situación de estos trabajadores y la petición de bonificación está a tenor con las disposiciones de la Ley Núm. 89 del 12 de junio de 1979, conocida como Ley de Retribución Uniforme, Artículo 7.1, la cual permite la concesión de sueldos diferenciales cuando la ubicación geográfica del puesto, las condiciones extraordinarias de trabajo y la dificultad de reclutamiento y retención de personal en determinados puestos, justifique el uso de incentivos adicionales al sueldo ordinario.
Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:
Sección 1.- Se adiciona un Inciso
(d) al Artículo 8 de la Ley Núm. 34 de 13 de junio de 1966, según enmendada, para que se lea como sigue: "Artículo 1.-Se pagarán además, las siguientes bonificaciones adicionales:
(a) (d) Todo personal docente que trabaje en los Distritos Escolares de las islas municipios de Vieques y Culebra, sea o no residente de dichas islas, recibirá una bonificación adicional a su sueldo regular de cien (100) dólares mensuales. Tal bonificación no se considerará como salario a los fines de esta ley, ni de la Ley Núm. 218 de 6 de mayo de 1951, según enmendada, que establece el Sistema de Retiro para Maestros."