Ley 119 del 1991
Resumen
Esta ley designa la nueva escuela elemental urbana en la calle Comercio del municipio de Las Marías con el nombre del Hon. Luis Santaliz Capestany, en reconocimiento a su distinguida trayectoria como servidor público, ex-alcalde, ex-representante y ex-senador. La ley también instruye a la Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas y al Departamento de Educación a coordinar las acciones necesarias para su cumplimiento.
Contenido
(P. del S. 1119)
Para designar la nueva escuela elemental urbana ubicada en la calle Comercio del municipio de Las Marias con el nombre del distinguido ciudadano y servidor público, ex-alcalde, ex-representante y ex-senador, Hon. Luis Santaliz Capestany.
EXPOSICION DE MOTIVOS
Luis Santaliz Capestany nace el 26 de octubre de 1914 en el barrio Bateyes del municipio de Mayagüez. Fueron sus padres don Luis Santaliz Olivares y doña María Capestany Fuentes. A temprana edad, fue a residir junto a su madre al pueblo de Las Marias. Amó fervorosamente a este pueblo, del cual era considerado hijo adoptivo, habiéndose distinguido en diversas áreas de la vida colectiva de esta comunidad. Luis Santaliz Capestany mantuvo una larga y feliz unión conyugal junto a su amante esposa, la señora Esther Rivera Detrés, natural del pueblo de Las Marias, habiendo procreado un hijo: Luis Santaliz Rivera.
Desplegó grandes esfuerzos en la realización de numerosos proyectos de gran beneficio para el desarrollo económico y social del pueblo de Las Marias. Ocupó diversos e importantes cargos públicos, tanto en el ámbito municipal, como de servicio al pais en general. Ejerció el cargo de Alcalde de Las Marias con gran dedicación y esmero, habiendo ejercido, además, los cargos de Auditor y Tesorero-Director Escolar del referido Municipio.
Luis Santaliz Capestany fue un dedicado servidor público por alrededor de cincuenta y cinco años. Sirvió en la Asamblea Legislativa de Puerto Rico, desempeñando una destacada labor como Representante a la Cámara y como Senador. Fue uno de los delegados a la Convención Constituyente del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Prestó servicios, además, como Asesor Legislativo del Senado de Puerto Rico y en la Corporación de Desarrollo Cooperativo del país.
Luchador incansable al servicio de su pueblo, demostró siempre un entrañable amor por la tierra puertorriqueña y el ejercicio de las faenas agrícolas. Durante su incumbencia como legislador, realizó valiosos estudios e investigaciones relacionados con la producción agrícola y dirigidos a fomentar el cultivo de nuestra tierra y desarrollar este importante sector de nuestra vida colectiva. Realizó esfuerzos hacia la revisión de la Ley Municipal y la Ley de la Universidad, defendiendo con firmeza la autonomía municipal y universitaria. Luchó por la aprobación de valiosa legislación hacia el mejoramiento de nuestra agricultura y nuestro sistema educativo.
Persona sencilla y afable, gozaba del respeto y la estimación de sus compueblanos. Ameno conversador, su hogar estaba siempre abierto, tanto para los más altos funcionarios gubernamentales como para el más humilde trabajador, sin distinción de creencias políticas o religiosas. Gran estudioso, sentía amor por la buena lectura, siendo poseedor de una amplia colección de obras literarias de todo género. Dedicaba tiempo a escribir inspirados poemas e interesantes ensayos sobre variados temas, tales como la agricultura, historia y política. Sus escritos incluyen temas como "La vida y obra de Eugenio María de Hostos" y el "Status Político de Puerto Rico". Entre sus poemas, que denotan su gran sensibilidad interior, se encuentran: Alturana, inspirado en la jibara puertorriqueña, Semblanza, Si no fuera Tarde y Mis Nietecitas. Católico práctico, acostumbraba asistir regularmente a su iglesia junto a su familia.
Durante su larga trayectoria al servicio de toda la sociedad puertorriqueña y de la comunidad de Las Marias, Luis Santaliz Capestany realizó una obra fructífera y de gran beneficio público. Anteponía su afán de servicio y el interés del pueblo, a sus propios intereses personales y económicos. Es incuestionable que este distinguido servidor público sirvió a su pueblo en forma responsable y dedicada contribuyendo, a través de sus relevantes ejecutorias, al enriquecimiento de la vida colectiva del municipio de Las Marías.
Motivado por su gran sentido humanitario e interés por el bienestar de la clase trabajadora humilde, estaba realizando gestiones hacia la construcción de unas cien viviendas para personas de bajos ingresos en su finca, cuando le sobrevino inesperadamente la muerte, en circunstancias trágicas.
Es indudable que Luis Santaliz Capestany merece el reconocimiento y la recordación sincera de la sociedad puertorriqueña, y en especial de su querido pueblo de Las Marías. La Asamblea Legislativa de Puerto Rico considera acertado y altamente meritorio el que se perpetúe y honre la memoria de este digno ciudadano e hijo distinguido del municipio Las Marias, mediante la denominación en su honor de la nueva Escuela Elemental Urbana del referido Municipio. Este tributo póstumo a su valiosa y dedicada labor al servicio de nuestro pueblo, contribuirá a que su nombre y ejecutorias vivan más firmemente en el recuerdo de sus compueblanos de Las Marías y de todo el pueblo puertorriqueño.
Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:
Artículo 1.- Se designa la nueva escuela elemental urbana, ubicada en la calle Comercio del municipio de Las Marías, con el nombre del distinguido ciudadano y servidor público, ex-alcalde, ex-representante y ex-senador, Hon. Luis Santaliz Capestany.
Artículo 2.- La Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas, en coordinación con el Departamento de Educación del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, tomarán las medidas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de esta Ley y disponer para la celebración de un acto apropiado a estos efectos.
Artículo 3.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
Presidente de la Cámara
Prenataméat Senado
CERTIFICO: que es copia fiel y exacta del or: ginal aprobado y firmado por el Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico el dia 26 de dic de 19-91