Ley 8 del 1986
Resumen
Esta ley compromete al Estado Libre Asociado de Puerto Rico a reembolsar a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA) el principal y los costos de financiamiento de préstamos por $33.7 millones de la Farmer's Home Administration, destinados a proyectos de acueductos y alcantarillados sanitarios en áreas rurales. Además, el Estado garantiza el pago de un préstamo de $14.695 millones otorgado a la AAA en 1976, en caso de incumplimiento por parte de la Autoridad. La Oficina de Presupuesto y Gerencia deberá consignar anualmente los fondos necesarios.
Contenido
(P. de la C. 714)
Para proveer que el Estado Libre Asociado de Puerto Rico reembolse a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico el principal más el costo de financiamiento de los préstamos aprobados a la Autoridad por la Farmer's Home Administration para la construcción de proyectos de acueductos rurales y de alcantarillado sanitario en comunidades o áreas rurales que cualifiquen para dichos préstamos cuyo monto total asciende a $33.7 millones y proveer además una garantia de pago del Estado Libre Asociado a la Farmer's Home Administration del servicio de la deuda de un préstamo de dinero montante a $14,695,000 en caso de que la Autoridad no pudiera cumplir con el mismo.
EXPOSICION DE MOTIVOS
La Administración Federal de Hogares para Agricultores (Farmer's Home Administration) está facultada por el Congreso de los Estados Unidos a conceder préstamos a municipalidades y a agencias e instrumentalidades gubernamentales, incluyendo a Puerto Rico, para financiar la construcción de facilidades de acueducto y alcantarillado en comunidades o áreas rurales cuya población no exceda de diez mil (10,000) habitantes.
Existe en Puerto Rico un gran número de áreas o comunidades rurales que carecen aún de los servicios de acueductos y alcantarillados sanitarios. La Autoridad de Acueductos y Alcantarillados se ha acogido al plan de préstamos que ofrece la Farmer's Home Administration, como fuente principal de financiamiento para cubrir aproximadamente un 85% de los costos de construcción de las mencionadas obras durante los años fiscales 1977-79. En virtud de la Ley de 1976, el Estado se comprometió a reembolsar a la Autoridad el principal más costos de financiamiento de los préstamos así obtenidos. Los gastos indirectos se financiaron mediante fondos propios de la Autoridad.
Al expirar la vigencia de la Ley 76 de 1976, la Autoridad continuó tomando préstamos directos a la Fm. H.A. (no reembolsables por el Estado) para poder continuar financiando, principalmente sus obras de acueductos rurales, y algunas de alcantarillados.
La Autoridad cuenta en su programación con aproximadamente 75 proyectos de agua y alcantarillado cuyo costo estimado se
compone de $26.7 millones en préstamos y $15.0 millones en donativos federales disponibles para un costo total estimado en $41.7 millones.
De éstos la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico ha recibido en préstamos la cantidad de $8.5 millones y donativos por la cantidad de $2.3 millones en proyectos de construcción.
Al presente, la situación financiera de la Autoridad no le permite honrar los compromisos contraidos ni continuar solicitando préstamos adicionales. De no encontrar una alternativa de financiamiento la Autoridad tendrá que paralizar el desarrollo del programa de construcción de acueductos rurales con el agravante de no disponer de recursos para pagar la deuda contraida al presente.
Es por tanto que se hace urgente y necesario que el Estado Libre Asociado asuma el pago del servicio de la deuda ( $8,499,700 ) contraida y por contraerse de $25.2 millones, asi como los costos de financiamiento en que incurra la Autoridad para los fines y propositos antes mencionados.
El nuevo contrato de préstamo con la Fm. H.A. requiere que el Estado Libre Asociado garantice el pago del servicio de la deuda de un préstamo por $14,695,000 que se le otorgó a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados en el 1976. Esta garantía solo será efectiva si la Autoridad en algún momento futuro no pudiera cumplir.
Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:
Artículo 1.- El Estado Libre Asociado de Puerto Rico se compromete a reembolsar a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico, el principal, los intereses y los gastos de financiamiento en que incurra dicha agencia para pagar los préstamos concedidos a ésta por la Farmer's Home Administration para la construcción de proyectos de acueductos y alcantarillados sanitarios en comunidades o áreas rurales que cualifiquen para dichos préstamos, los cuales ascienden a $33.7 millones.
Artículo 2.- El Estado Libre Asociado de Puerto Rico se compromete a garantizar el pago del servicio de la deuda del préstamo de $14,695,000 que la Farmer's Home Administration otorgó a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados en el 1976. Esta garantía será efectiva en caso de que la Autoridad no pueda cumplir con este compromiso.
Artículo 3.- La Oficina de Presupuesto y Gerencia del Estado Libre Asociado de Puerto Rico consignara anualmente en el presupuesto funcional de gastos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico aquellas cantidades que sean necesarias para cubrir los costos de principal, intereses y otros gastos de financiamiento en que incurra la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados para el pago de dichos préstamos.
Artículo 4.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
Presidente de la Cámara
Presidente del Senado
Hepartamento de Fistada
CERTIFICO: que es copia fiel y exacta del original aprobado y fir. modo por el Gobernador del Estrado Libre Asociado de Puerto Rico ol dia 3... de ahul. do 1956
Eeantea ha Salame
Secretaria Auxiliar de Estado de Puerto Rico
(P. de la C. 714)
Para proveer que el Estado Libre Asociado de Puerto Rico reembolse a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico el principal más el costo de financiamiento de los préstamos aprobados a la Autoridad por la Farmer's Home Administration para la construcción de proyectos de acueductos rurales y de alcantarillado sanitario en comunidades o áreas rurales que cualifiquen para dichos préstamos cuyo monto total asciende a $33.7 millones y proveer además una garantía de pago del Estado Libre Asociado a la Farmer's Home Administration del servicio de la deuda de un préstamo de dinero montante a $14,695,000 en caso de que la Autoridad no pudiera cumplir con el mismo.
EXPOSICION DE MOTIVOS
La Administración Federal de Hogares para Agricultores (Farmer's Home Administration) está facultada por el Congreso de los Estados Unidos a conceder préstamos a municipalidades y a agencias e instrumentalidades gubernamentales, incluyendo a Puerto Rico, para financiar la construcción de facilidades de acueducto y alcantarillado en comunidades o áreas rurales cuya población no exceda de diez mil (10,000) habitantes.
Existe en Puerto Rico un gran número de áreas o comunidades rurales que carecen aún de los servicios de acueductos y alcantarillados sanitarios. La Autoridad de Acueductos y Alcantarillados se ha acogido al plan de préstamos que ofrece la Farmer's Home Administration, como fuente principal de financiamiento para cubrir aproximadamente un 85% de los costos de construcción de las mencionadas obras durante los años fiscales 1977-79. En virtud de la Ley de 1976, el Estado se comprometió a reembolsar a la Autoridad el principal más costos de financiamiento de los préstamos así obtenidos. Los gastos indirectos se financiaron mediante fondos propios de la Autoridad.
Al expirar la vigencia de la Ley 76 de 1976, la Autoridad continuó tomando préstamos directos a la Fm. H.A. (no reembolsables por el Estado) para poder continuar financiando, principalmente sus obras de acueductos rurales, y algunas de alcantarillados.
La Autoridad cuenta en su programación con aproximadamente 75 proyectos de agua y alcantarillado cuyo costo estimado se
compone de $26.7 millones en préstamos y $15.0 millones en donativos federales disponibles para un costo total estimado en $41.7 millones.
De éstos la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico ha recibido en préstamos la cantidad de $8.5 millones y donativos por la cantidad de $2.3 millones en proyectos de construcción.
Al presente, la situación financiera de la Autoridad no le permite honrar los compromisos contraidos ni continuar solicitando préstamos adicionales. De no encontrar una alternativa de financiamiento la Autoridad tendrá que paralizar el desarrollo del programa de construcción de acueductos rurales con el agravante de no disponer de recursos para pagar la deuda contraida al presente.
Es por tanto que se hace urgente y necesario que el Estado Libre Asociado asuma el pago del servicio de la deuda ( $8,499,700 ) contraida y por contraerse de $25.2 millones, asi como los costos de financiamiento en que incurra la Autoridad para los fines y propositos antes mencionados.
El nuevo contrato de préstamo con la Fm. H.A. requiere que el Estado Libre Asociado garantice el pago del servicio de la deuda de un préstamo por $14,695,000 que se le otorgó a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados en el 1976. Esta garantía solo será efectiva si la Autoridad en algún momento futuro no pudiera cumplir.
Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:
Artículo 1.- El Estado Libre Asociado de Puerto Rico se compromete a reembolsar a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico, el principal, los intereses y los gastos de financiamiento en que incurra dicha agencia para pagar los préstamos concedidos a ésta por la Farmer's Home Administration para la construcción de proyectos de acueductos y alcantarillados sanitarios en comunidades o áreas rurales que cualifiquen para dichos préstamos, los cuales ascienden a $33.7 millones.
Artículo 2.- El Estado Libre Asociado de Puerto Rico se compromete a garantizar el pago del servicio de la deuda del préstamo de $14,695,000 que la Farmer's Home Administration otorgó a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados en el 1976. Esta garantía será efectiva en caso de que la Autoridad no pueda cumplir con este compromiso.
Artículo 3.- La Oficina de Presupuesto y Gerencia del Estado Libre Asociado de Puerto Rico consignará anualmente en el presupuesto funcional de gastos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico aquellas cantidades que sean necesarias para cubrir los costos de principal, intereses y otros gastos de financiamiento en que incurra la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados para el pago de dichos préstamos.
Artículo 4.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
Presidente de la Cámara
Presidente del Senado
Departamento de Estado
CERTIFICO: que es copia fiel y exacta del original aprobade y fir. mado por el Gobernador del Estndo Libre Asociado de Puerto Rico el dia 2... de abrid.... de 1986
Secretaria Auxiliar de Estado de Puerto Rico
(P. de la C. 714)
Para proveer que el Estado Libre Asociado de Puerto Rico reembolse a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico el principal más el costo de financiamiento de los préstamos aprobados a la Autoridad por la Farmer's Home Administration para la construcción de proyectos de acueductos rurales y de alcantarillado sanitario en comunidades o áreas rurales que cualifiquen para dichos préstamos cuyo monto total asciende a $33.7 millones y proveer además una garantia de pago del Estado Libre Asociado a la Farmer's Home Administration del servicio de la deuda de un préstamo de dinero montante a $14,695,000 en caso de que la Autoridad no pudiera cumplir con el mismo.
EXPOSICION DE MOTIVOS
La Administración Federal de Hogares para Agricultores (Farmer's Home Administration) está facultada por el Congreso de los Estados Unidos a conceder préstamos a municipalidades y a agencias e instrumentalidades gubernamentales, incluyendo a Puerto Rico, para financiar la construcción de facilidades de acueducto y alcantarillado en comunidades o áreas rurales cuya población no exceda de diez mil (10,000) habitantes.
Existe en Puerto Rico un gran número de áreas o comunidades rurales que carecen aún de los servicios de acueductos y alcantarillados sanitarios. La Autoridad de Acueductos y Alcantarillados se ha acogido al plan de préstamos que ofrece la Farmer's Home Administration, como fuente principal de financiamiento para cubrir aproximadamente un 85% de los costos de construcción de las mencionadas obras durante los años fiscales 1977-79. En virtud de la Ley de 1976, el Estado se comprometió a reembolsar a la Autoridad el principal más costos de financiamiento de los préstamos así obtenidos. Los gastos indirectos se financiaron mediante fondos propios de la Autoridad.
Al expirar la vigencia de la Ley 76 de 1976, la Autoridad continuó tomando préstamos directos a la Fm. H.A. (no reembolsables por el Estado) para poder continuar financiando, principalmente sus obras de acueductos rurales, y algunas de alcantarillados.
La Autoridad cuenta en su programación con aproximadamente 75 proyectos de agua y alcantarillado cuyo costo estimado se
compone de $26.7 millones en préstamos y $15.0 millones en donativos federales disponibles para un costo total estimado en $41.7 millones.
De éstos la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico ha recibido en préstamos la cantidad de $8.5 millones y donativos por la cantidad de $2.3 millones en proyectos de construcción.
Al presente, la situación financiera de la Autoridad no le permite honrar los compromisos contraidos ni continuar solicitando préstamos adicionales. De no encontrar una alternativa de financiamiento la Autoridad tendrá que paralizar el desarrollo del programa de construcción de acueductos rurales con el agravante de no disponer de recursos para pagar la deuda contraida al presente.
Es por tanto que se hace urgente y necesario que el Estado Libre Asociado asuma el pago del servicio de la deuda ( $8,499,700 ) contraida y por contraerse de $25.2 millones, asi como los costos de financiamiento en que incurra la Autoridad para los fines y propositos antes mencionados.
El nuevo contrato de préstamo con la Fm. H.A. requiere que el Estado Libre Asociado garantice el pago del servicio de la deuda de un préstamo por $14,695,000 que se le otorgó a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados en el 1976. Esta garantía solo será efectiva si la Autoridad en algún momento futuro no pudiera cumplir.
Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:
Artículo 1.- El Estado Libre Asociado de Puerto Rico se compromete a reembolsar a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico, el principal, los intereses y los gastos de financiamiento en que incurra dicha agencia para pagar los préstamos concedidos a ésta por la Farmer's Home Administration para la construcción de proyectos de acueductos y alcantarillados sanitarios en comunidades o áreas rurales que cualifiquen para dichos préstamos, los cuales ascienden a $33.7 millones.
Artículo 2.- El Estado Libre Asociado de Puerto Rico se compromete a garantizar el pago del servicio de la deuda del préstamo de $14,695,000 que la Farmer's Home Administration otorgó a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados en el 1976. Esta garantía será efectiva en caso de que la Autoridad no pueda cumplir con este compromiso.
Artículo 3.- La Oficina de Presupuesto y Gerencia del Estado Libre Asociado de Puerto Rico consignará anualmente en el presupuesto funcional de gastos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico aquellas cantidades que sean necesarias para cubrir los costos de principal, intereses y otros gastos de financiamiento en que incurra la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados para el pago de dichos préstamos.
Artículo 4.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
Presidente de la Cámara
Presidente del Senado
Departamento de Estado CERTIFICO: que es copia fiel y exacta del original aprobado y fir. mado por el Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico el dia 3... de ahid. de 1986
Secretaria Auxiliar de Estado de Puerto Rico
(P. de la C. 714)
Para proveer que el Estado Libre Asociado de Puerto Rico reembolse a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico el principal más el costo de financiamiento de los préstamos aprobados a la Autoridad por la Farmer's Home Administration para la construcción de proyectos de acueductos rurales y de alcantarillado sanitario en comunidades o áreas rurales que cualifiquen para dichos préstamos cuyo monto total asciende a $33.7 millones y proveer además una garantia de pago del Estado Libre Asociado a la Farmer's Home Administration del servicio de la deuda de un préstamo de dinero montante a $14,695,000 en caso de que la Autoridad no pudiera cumplir con el mismo.
EXPOSICION DE MOTIVOS
La Administración Federal de Hogares para Agricultores (Farmer's Home Administration) está facultada por el Congreso de los Estados Unidos a conceder préstamos a municipalidades y a agencias e instrumentalidades gubernamentales, incluyendo a Puerto Rico, para financiar la construcción de facilidades de acueducto y alcantarillado en comunidades o áreas rurales cuya población no exceda de diez mil (10,000) habitantes.
Existe en Puerto Rico un gran número de áreas o comunidades rurales que carecen aún de los servicios de acueductos y alcantarillados sanitarios. La Autoridad de Acueductos y Alcantarillados se ha acogido al plan de préstamos que ofrece la Farmer's Home Administration, como fuente principal de financiamiento para cubrir aproximadamente un 85% de los costos de construcción de las mencionadas obras durante los años fiscales 1977-79. En virtud de la Ley de 1976, el Estado se comprometió a reembolsar a la Autoridad el principal más costos de financiamiento de los préstamos así obtenidos. Los gastos indirectos se financiaron mediante fondos propios de la Autoridad.
Al expirar la vigencia de la Ley 76 de 1976, la Autoridad continuó tomando préstamos directos a la Fm. H.A. (no reembolsables por el Estado) para poder continuar financiando, principalmente sus obras de acueductos rurales, y algunas de alcantarillados.
La Autoridad cuenta en su programación con aproximadamente 75 proyectos de agua y alcantarillado cuyo costo estimado se
compone de $26.7 millones en préstamos y $15.0 millones en donativos federales disponibles para un costo total estimado en $41.7 millones.
De éstos la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico ha recibido en préstamos la cantidad de $8.5 millones y donativos por la cantidad de $2.3 millones en proyectos de construcción.
Al presente, la situación financiera de la Autoridad no le permite honrar los compromisos contraidos ni continuar solicitando préstamos adicionales. De no encontrar una alternativa de financiamiento la Autoridad tendrá que paralizar el desarrollo del programa de construcción de acueductos rurales con el agravante de no disponer de recursos para pagar la deuda contraida al presente.
Es por tanto que se hace urgente y necesario que el Estado Libre Asociado asuma el pago del servicio de la deuda ( $8,499,700 ) contraida y por contraerse de $25.2 millones, asi como los costos de financiamiento en que incurra la Autoridad para los fines y propositos antes mencionados.
El nuevo contrato de préstamo con la Fm. H.A. requiere que el Estado Libre Asociado garantice el pago del servicio de la deuda de un préstamo por $14,695,000 que se le otorgó a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados en el 1976. Esta garantía solo será efectiva si la Autoridad en algún momento futuro no pudiera cumplir.
Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:
Artículo 1.- El Estado Libre Asociado de Puerto Rico se compromete a reembolsar a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico, el principal, los intereses y los gastos de financiamiento en que incurra dicha agencia para pagar los préstamos concedidos a ésta por la Farmer's Home Administration para la construcción de proyectos de acueductos y alcantarillados sanitarios en comunidades o áreas rurales que cualifiquen para dichos préstamos, los cuales ascienden a $33.7 millones.
Artículo 2.- El Estado Libre Asociado de Puerto Rico se compromete a garantizar el pago del servicio de la deuda del préstamo de $14,695,000 que la Farmer's Home Administration otorgó a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados en el 1976. Esta garantía será efectiva en caso de que la Autoridad no pueda cumplir con este compromiso.
Artículo 3.- La Oficina de Presupuesto y Gerencia del Estado Libre Asociado de Puerto Rico consignará anualmente en el presupuesto funcional de gastos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico aquellas cantidades que sean necesarias para cubrir los costos de principal, intereses y otros gastos de financiamiento en que incurra la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados para el pago de dichos préstamos.
Artículo 4.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
Presidente de la Cámara
Presidente del Senado
Departamento de Estado CERTIFICO: que es copia fiel y exacta del original aprobado y fir. mado por el Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico el dia 3... de abril... de 1986
Secretaria Auxiliar de Estado de Puerto Rico
(P. de la C. 714)
Para proveer que el Estado Libre Asociado de Puerto Rico reembolse a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico el principal más el costo de financiamiento de los préstamos aprobados a la Autoridad por la Farmer's Home Administration para la construcción de proyectos de acueductos rurales y de alcantarillado sanitario en comunidades o áreas rurales que cualifiquen para dichos préstamos cuyo monto total asciende a $33.7 millones y proveer además una garantía de pago del Estado Libre Asociado a la Farmer's Home Administration del servicio de la deuda de un préstamo de dinero montante a $14,695,000 en casò dè que la Autoridad no pudiera cumplir con el mismo.
EXPOSICION DE MOTIVOS
La Administración Federal de Hogares para Agricultores (Farmer's Home Administration) está facultada por el Congreso de los Estados Unidos a conceder préstamos a municipalidades y a agencias e instrumentalidades gubernamentales, incluyendo a Puerto Rico, para financiar la construcción de facilidades de acueducto y alcantarillado en comunidades o áreas rurales cuya población no exceda de diez mil (10,000) habitantes.
Existe en Puerto Rico un gran número de áreas o comunidades rurales que carecen aún de los servicios de acueductos y alcantarillados sanitarios. La Autoridad de Acueductos y Alcantarillados se ha acogido al plan de préstamos que ofrece la Farmer's Home Administration, como fuente principal de financiamiento para cubrir aproximadamente un 85% de los costos de construcción de las mencionadas obras durante los años fiscales 1977-79. En virtud de la Ley de 1976, el Estado se comprometió a reembolsar a la Autoridad el principal más costos de financiamiento de los préstamos así obtenidos. Los gastos indirectos se financiaron mediante fondos propios de la Autoridad.
Al expirar la vigencia de la Ley 76 de 1976, la Autoridad continuó tomando préstamos directos a la Fm. H.A. (no reembolsables por el Estado) para poder continuar financiando, principalmente sus obras de acueductos rurales, y algunas de alcantarillados.
La Autoridad cuenta en su programación con aproximadamente 75 proyectos de agua y alcantarillado cuyo costo estimado se
compone de $26.7 millones en préstamos y $15.0 millones en donativos federales disponibles para un costo total estimado en $41.7 millones.
De éstos la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico ha recibido en préstamos la cantidad de $8.5 millones y donativos por la cantidad de $2.3 millones en proyectos de construcción.
Al presente, la situación financiera de la Autoridad no le permite honrar los compromisos contraidos ni continuar solicitando préstamos adicionales. De no encontrar una alternativa de financiamiento la Autoridad tendrá que paralizar el desarrollo del programa de construcción de acueductos rurales con el agravante de no disponer de recursos para pagar la deuda contraida al presente.
Es por tanto que se hace urgente y necesario que el Estado Libre Asociado asuma el pago del servicio de la deuda ( $8,499,700 ) contraida y por contraerse de $25.2 millones, asi como los costos de financiamiento en que incurra la Autoridad para los fines y propositos antes mencionados.
El nuevo contrato de préstamo con la Fm. H.A. requiere que el Estado Libre Asociado garantice el pago del servicio de la deuda de un préstamo por $14,695,000 que se le otorgó a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados en el 1976. Esta garantía solo será efectiva si la Autoridad en algún momento futuro no pudiera cumplir.
Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:
Artículo 1.- El Estado Libre Asociado de Puerto Rico se compromete a reembolsar a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico, el principal, los intereses y los gastos de financiamiento en que incurra dicha agencia para pagar los préstamos concedidos a ésta por la Farmer's Home Administration para la construcción de proyectos de acueductos y alcantarillados sanitarios en comunidades o áreas rurales que cualifiquen para dichos préstamos, los cuales ascienden a $33.7 millones.
Artículo 2.- El Estado Libre Asociado de Puerto Rico se compromete a garantizar el pago del servicio de la deuda del préstamo de $14,695,000 que la Farmer's Home Administration otorgó a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados en el 1976. Esta garantía será efectiva en caso de que la Autoridad no pueda cumplir con este compromiso.
Artículo 3.- La Oficina de Presupuesto y Gerencia del Estado Libre Asociado de Puerto Rico consignará anualmente en el presupuesto funcional de gastos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico aquellas cantidades que sean necesarias para cubrir los costos de principal, intereses y otros gastos de financiamiento en que incurra la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados para el pago de dichos préstamos.
Artículo 4.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
Presidente de la Cámara
Presidente del Senado
Departamontn de Fistado CERTIFICO: que es conio fiel y exacta del original oprobado y fir. mado por el Gobernodor del Estado Libro Asociado de Puerto Rico el dia 3... de abril..... de 1986.
Lanter ParRalumin
Secretario Auxiliar de Estado de Puerto Rico
Estabo Libre Asociabo be Puerto Rico
Cämara de Representantes
Capitolio
Yo, JOSE RAMON MORALES, Secretario de la Cámara de
Representantes,
C E R T I F I C O :
Que el P. de la C. 714, titulado: "LEV Para proveer que el Estado Libre Asociado de Puerto Rico reembolse a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico el principal más el costo de financiamiento de los préstamos aprobados a la Autoridad por la Farmer's Home Administration para la construcción de proyectos de acueductos rurales y de alcantarillado sanitario en comunidades o áreas rurales que cualifiquen para dichos préstamos cuyo monto total asciende a $33.7 millones y proveer además una garantla de pago del Estado Libre Asociado a la Farmer's Home Administration del servicio de la deuda de un préstamo de dinero montante a $14,695,000 en caso de que la Autoridad no pudiera cumplir con el mismo." ha sido aprobado por la camara de Representantes y el Senado de Puerto Rico en la forma que expresa el ejemplar que se acompaña.
En la Cámara de Representantes, a los veintiseis dias del mes de marzo del año mil novecientos ochenta y seis.
L E Y
Para proveer que el Estado Libre Asociado de Puerto Rico reembolse a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico el principal más el costo de financiamiento de los préstamos aprobados a la Autoridad por la Farmer's Home Administration para la construcción de proyectos de acueductos rurales y de alcantarillado sanitario en comunidades o áreas rurales que cualifiquen para dichos préstamos cuyo monto total asciende a $33.7 millones y proveer además una garantía de pago del Estado Libre Asociado a la Farmer's Home Administration del servicio de la deuda de un préstamo de dinero montante a $14,695,000 en caso de que la Autoridad no pudiera cumplir con el mismo.
EXPOSICION DE MOTIVOS
La Administración Federal de Hogares para Agricultores (Farmer's Home Administration) está facultada por el Congreso de los Estados Unidos a conceder préstamos a municipalidades y a agencias e instrumentalidades gubernamentales, incluyendo a Puerto Rico, para financiar la construcción de facilidades de acueducto y alcantarillado en comunidades o áreas rurales cuya población no exceda de diez mil (10,000) habitantes.
Existe en Puerto Rico un gran número de áreas o comunidades rurales que carecen aún de los servicios de acueductos y alcantarillados sanitarios. La Autoridad de Acueductos y Alcantarillados se ha acogido al plan de préstamos que ofrece la Farmer's Home Administration, como fuente principal de financiamiento para cubrir aproximadamente un 85% de los costos de construcción de las mencionadas obras durante los años fiscales 1977-79. En virtud de la Ley de 1976, el Estado se comprometió a reembolsar a la Autoridad el principal más costos de financiamiento de los préstamos así obtenidos. Los gastos indirectos se financiaron mediante fondos propios de la Autoridad.
Al expirar la vigencia de la Ley 76 de 1976, la Autoridad continuó tomando préstamos directos a la Fm. H.A. (no reembolsables por el Estado) para poder continuar financiando, principalmente sus obras de acueductos rurales, y algunas de alcantarillados.
La Autoridad cuenta en su programación con aproximadamente 75 proyectos de agua y alcantarillado cuyo costo estimado se
compone de $26.7 millones en préstamos y $15.0 millones en donativos federales disponibles para un costo total estimado en $41.7 millones.
De éstos la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico ha recibido en préstamos la cantidad de $8.5 millones y donativos por la cantidad de $2.3 millones en proyectos de construcción.
Al presente, la situación financiera de la Autoridad no le permite honrar los compromisos contraidos ni continuar solicitando préstamos adicionales. De no encontrar una alternativa de financiamiento la Autoridad tendrá que paralizar el desarrollo del programa de construcción de acueductos rurales con el agravante de no disponer de recursos para pagar la deuda contraida al presente.
Es por tanto que se hace urgente y necesario que el Estado Libre Asociado asuma el pago del servicio de la deuda ( $8,499,700 ) contraida y por contraerse de $25.2 millones, así como los costos de financiamiento en que incurra la Autoridad para los fines y propositos antes mencionados.
El nuevo contrato de préstamo con la Fm. H.A. requiere que el Estado Libre Asociado garantice el pago del servicio de la deuda de un préstamo por $14,695,000 que se le otorgó a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados en el 1976. Esta garantía solo será efectiva si la Autoridad en algún momento futuro no pudiera cumplir.
Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:
Artículo 1.- El Estado Libre Asociado de Puerto Rico se compromete a reembolsar a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico, el principal, los intereses y los gastos de financiamiento en que incurra dicha agencia para pagar los préstamos concedidos a ésta por la Farmer's Home Administration para la construcción de proyectos de acueductos y alcantarillados sanitarios en comunidades o áreas rurales que cualifiquen para dichos préstamos, los cuales ascienden a $33.7 millones.
Artículo 2.- El Estado Libre Asociado de Puerto Rico se compromete a garantizar el pago del servicio de la deuda del préstamo de $14,695,000 que la Farmer's Home Administration otorgó a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados en el 1976. Esta garantía será efectiva en caso de que la Autoridad no pueda cumplir con este compromiso.
Artículo 3.- La Oficina de Presupuesto y Gerencia del Estado Libre Asociado de Puerto Rico consignará anualmente en el presupuesto funcional de gastos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico aquellas cantidades que sean necesarias para cubrir los costos de principal, intereses y otros gastos de financiamiento en que incurra la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados para el pago de dichos préstamos.
Artículo 4.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
Presidente del Senädo-
CAMARA DE REPRESENTANTES
P. de la C. 714
4 DE MARZO DE 1986 Presentado por los representantes Jarabo, Ramírez, Santiago García, Cepeda García, Corujo Collazo, Arrarás, Cabán Dávila, Colberg Ramírez, Concepción Báez, señora Couto Octaviani, señores Díaz Gómez, Díaz Tirado, González Cruz, Loperena González, López Galarza, López Hernández, Maldonado Vélez, Muñoz Arjona, Ortiz Ortiz, Peña Quiñones, Pérez Rivera, Rolón Marrero, Rosa Guzmán, Rosa Ocasio, Rosado Báez, San Antonio Mendoza, Surillo Rodríguez, Tonos Florenzán, Torres Santiago, Varela Fernández, señora Vélez de Acevedo, señores Velilla Reyes, Zayas Bonilla y Zayas Chardón.
Referido a las Comisiones de Hacienda y de Gobierno
LEY
Para proveer que el Estado Libre Asociado de Puerto Rico reembolse a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico el principal más el costo de financiamiento de los préstamos aprobados a la Autoridad por la Farmer's Home Administration para la construcción de proyectos de acueductos rurales y de alcantarillado sanitario en comunidades o áreas rurales que cualifiquen para dichos préstamos cuyo monto total asciende a $33.7 millones y proveer además una garantía de pago del Estado Libre Asociado a la Farmer's Home Administration del servicio de la deuda de un préstamo de dinero montante a $14,695,000 en caso de que la Autoridad no pudiera cumplir con el mismo.
EXPOSICION DE MOTIVOS
La Administración Federal de Hogares para Agricultores (Farmer's Home Administration) está facultada por el Congreso de los Estados Unidos a conceder préstamos a municipalidades y a
agencias e instrumentalidades gubernamentales, incluyendo a Puerto Rico, para financiar la construcción de facilidades de acueducto y alcantarillado en comunidades o áreas rurales cuya población no exceda de diez mil (10,000) habitantes.
Existe en Puerto Rico un gran número de áreas o comunidades rurales que carecen aún de los servicios de acueductos y alcantarillados sanitarios. La Autoridad de Acueductos y Alcantarillados se ha acogido al plan de préstamos que ofrece la Farmer's Home Administration, como fuente principal de financiamiento para cubrir aproximadamente un 85% de los costos de construcción de las mencionadas obras durante los años fiscales 1977-79. En virtud de la Ley de 1976, el Estado se comprometió a reembolsar a la Autoridad el principal más costos de financiamiento de los préstamos así. obtenidos. Los gastos indirectos se financiaron mediante fondos propios de la Autoridad.
Al expirar la vigencia de la Ley 76 de 1976, la Autoridad continuó tomando préstamos directos a la Fm. H.A. (no reembolsables por el Estado) para poder continuar financiando, principalmente sus obras de acueductos rurales, y algunas de alcantarillados.
La Autoridad cuenta en su programación con aproximadamente 75 proyectos de agua y alcantarillado cuyo costo estimado se compone de $26.7 millones en préstamos y $15.0 millones en donativos federales disponibles para un costo total estimado en $41.7 millones.
De éstos la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico ha recibido en préstamos la cantidad de $8.5 millones y donativos por la cantidad de $2.3 millones en proyectos de construcción.
Al presente, la situación financiera de la Autoridad no le permite honrar los compromisos contraidos ni continuar solicitando préstamos adicionales. De no encontrar una alternativa de financiamiento la Autoridad tendrá que paralizar el desarrollo del programa de construcción de acueductos rurales con el agravante de no disponer de recursos para pagar la deuda contraída al presente.
Es por tanto que se hace urgente y necesario que el Estado Libre Asociado asuma el pago del servicio de la deuda ( $8,499,700 ) contraída y por contraerse de $25.2 millones, así como los costos de financiamiento en que incurra la Autoridad para los fines y propósitos antes mencionados.
El nuevo contrato de préstamo con la Fm. H.A. requiere que el Estado Libre Asociado garantice el pago del servicio de la deuda de un préstamo por $14,695,000 que se le otorgó a la Autoridad de
Acueductos y Alcantarillados en el 1976. Esta garantía solo será efectiva si la Autoridad en algún momento futuro no pudiera cumplir.
Resuelvese por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico: Artículo 1.- El Estado Libre Asociado de Puerto Rico se compromete a reembolsar a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico, aquellos costos de $33.7 millones en principal más intereses y otros gastos misceláneos de financiamiento en que incurra dicha agencia resultantes de los prestamos que obtenga y se le concedan por la Farmer's Home Administration para la construcción de proyectos de acueductos y alcantarillados sanitarios que permitan extender dichos servicios a comunidades o áreas rurales que cualifiquen para estos préstamos.
Artículo 2.- El Estado Libre Asociado de Puerto Rico se compromete a garantizar el pago del servicio de la deuda del préstamo por $14,695,000 que la Farmer's Home Administration le otorgara a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados en el 1976. Esta garantía será efectiva en caso de que la Autoridad no pudiera cumplir con este compromiso.
Artículo 3.- La Oficina de Presupuesto y Gerencia del Estado Libre Asociado de Puerto Rico consignará en el presupuesto funcional de gastos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico aquellas cantidades que sean necesarias para cubrir los costos de principal, intereses y otros gastos de financiamiento en que la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados incurra en dichos préstamos.
Artículo 4.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
Este P. de $\qquad$ Núm. 714 fue recibido por el Gobernador hoy, 31 de MARzo de 1982 a las 11/10/94.
Rue h. mulle Ayudante Especial Auxiliar
(P. de la C. 714)
Para proveer que el Estado Libre Asociado de Puerto Rico reembolse a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico el principal más el costo de financiamiento de los préstamos aprobados a la Autoridad por la Farmer's Home Administration para la construcción de proyectos de acueductos rurales y de alcantarillado sanitario en comunidades o áreas rurales que cualifiquen para dichos préstamos cuyo monto total asciende a $33.7 millones y proveer además una garantía de pago del Estado Libre Asociado a la Farmer's Home Administration del servicio de la deuda de un préstamo de dinero montante a $14,695,000 en caso de que la Autoridad no pudiera cumplir con el mismo.
EXPOSICION DE MOTIVOS
La Administración Federal de Hogares para Agricultores (Farmer's Home Administration) está facultada por el Congreso de los Estados Unidos a conceder préstamos a municipalidades y a agencias e instrumentalidades gubernamentales, incluyendo a Puerto Rico, para financiar la construcción de facilidades de acueducto y alcantarillado en comunidades o áreas rurales cuya población no exceda de diez mil (10,000) habitantes.
Existe en Puerto Rico un gran número de áreas o comunidades rurales que carecen aún de los servicios de acueductos y alcantarillados sanitarios. La Autoridad de Acueductos y Alcantarillados se ha acogido al plan de préstamos que ofrece la Farmer's Home Administration, como fuente principal de financiamiento para cubrir aproximadamente un 85% de los costos de construcción de las mencionadas obras durante los años fiscales 1977-79. En virtud de la Ley de 1976, el Estado se comprometió a reembolsar a la Autoridad el principal más costos de financiamiento de los préstamos así obtenidos. Los gastos indirectos se financiaron mediante fondos propios de la Autoridad.
Al expirar la vigencia de la Ley 76 de 1976, la Autoridad continuó tomando préstamos directos a la Fm. H.A. (no reembolsables por el Estado) para poder continuar financiando, principalmente sus obras de acueductos rurales, y algunas de alcantarillados.
La Autoridad cuenta en su programación con aproximadamente 75 proyectos de agua y alcantarillado cuyo costo estimado se
compone de $26.7 millones en préstamos y $15.0 millones en donativos federales disponibles para un costo total estimado en $41.7 millones.
De éstos la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico ha recibido en préstamos la cantidad de $8.5 millones y donativos por la cantidad de $2.3 millones en proyectos de construcción.
Al presente, la situación financiera de la Autoridad no le permite honrar los compromisos contraídos ni continuar solicitando préstamos adicionales. De no encontrar una alternativa de financiamiento la Autoridad tendrá que paralizar el desarrollo del programa de construcción de acueductos rurales con el agravante de no disponer de recursos para pagar la deuda contraída al presente.
Es por tanto que se hace urgente y necesario que el Estado Libre Asociado asuma el pago del servicio de la deuda ( $8,499,700 ) contraída y por contraerse de $25.2 millones, así como los costos de financiamiento en que incurra la Autoridad para los fines y propósitos antes mencionados.
El nuevo contrato de préstamo con la Fm. H.A. requiere que el Estado Libre Asociado garantice el pago del servicio de la deuda de un préstamo por $14,695,000 que se le otorgó a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados en el 1976. Esta garantía solo será efectiva si la Autoridad en algún momento futuro no pudiera cumplir.
Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:
Artículo 1.- El Estado Libre Asociado de Puerto Rico se compromete a reembolsar a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico, el principal, los intereses y los gastos de financiamiento en que incurra dicha agencia para pagar los préstamos concedidos a ésta por la Farmer's Home Administration para la construcción de proyectos de acueductos y alcantarillados sanitarios en comunidades o áreas rurales que cualifiquen para dichos préstamos, los cuales ascienden a $33.7 millones.
Artículo 2.- El Estado Libre Asociado de Puerto Rico se compromete a garantizar el pago del servicio de la deuda del préstamo de $14,695,000 que la Farmer's Home Administration otorgó a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados en el 1976. Esta garantía será efectiva en caso de que la Autoridad no pueda cumplir con este compromiso.
Artículo 3.- La Oficina de Presupuesto y Gerencia del Estado Libre Asociado de Puerto Rico consignará anualmente en el presupuesto funcional de gastos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico aquellas cantidades que sean necesarias para cubrir los costos de principal, intereses y otros gastos de financiamiento en que incurra la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados para el pago de dichos préstamos.
Artículo 4.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
Presidente de la Cámara
Presidente del Senado
(P. de la C. 714)
L E Y
Para proveer que el Estado Libre Asociado de Puerto Rico reembolse a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico el principal más el costo de financiamiento de los préstamos aprobados a la Autoridad por la Farmer's Home Administration para la construcción de proyectos de acueductos rurales y de alcantarillado sanitario en comunidades o áreas rurales que cualifiquen para dichos préstamos cuyo monto total asciende a $33.7 millones y proveer además una garantía de pago del Estado Libre Asociado a la Farmer's Home Administration del servicio de la deuda de un préstamo de dinero montante a $14,695,000 en caso de que la Autoridad no pudiera cumplir con el mismo.
EXPOSICION DE MOTIVOS
La Administración Federal de Hogares para Agricultores (Farmer's Home Administration) está facultada por el Congreso de los Estados Unidos a conceder préstamos a municipalidades y a agencias e instrumentalidades gubernamentales, incluyendo a Puerto Rico, para financiar la construcción de facilidades de acueducto y alcantarillado en comunidades o áreas rurales cuya población no exceda de diez mil (10,000) habitantes.
Existe en Puerto Rico un gran número de áreas o comunidades rurales que carecen aún de los servicios de acueductos y alcantarillados sanitarios. La Autoridad de Acueductos y Alcantarillados se ha acogido al plan de préstamos que ofrece la Farmer's Home Administration, como fuente principal de financiamiento para cubrir aproximadamente un 85% de los costos de construcción de las mencionadas obras durante los años fiscales 1977-79. En virtud de la Ley de 1976, el Estado se comprometió a reembolsar a la Autoridad el principal más costos de financiamiento de los préstamos así obtenidos. Los gastos indirectos se financiaron mediante fondos propios de la Autoridad.
Al expirar la vigencia de la Ley 76 de 1976, la Autoridad continuó tomando préstamos directos a la Fm. H.A. (no reembolsables por el Estado) para poder continuar financiando, principalmente sus obras de acueductos rurales, y algunas de alcantarillados.
La Autoridad cuenta en su programación con aproximadamente 75 proyectos de agua y alcantarillado cuyo costo estimado se
compone de $26.7 millones en préstamos y $15.0 millones en donativos federales disponibles para un costo total estimado en $41.7 millones.
De éstos la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico ha recibido en préstamos la cantidad de $8.5 millones y donativos por la cantidad de $2.3 millones en proyectos de construcción.
Al presente, la situación financiera de la Autoridad no le permite honrar los compromisos contraidos ni continuar solicitando préstamos adicionales. De no encontrar una alternativa de financiamiento la Autoridad tendrá que paralizar el desarrollo del programa de construcción de acueductos rurales con el agravante de no disponer de recursos para pagar la deuda contraida al presente.
Es por tanto que se hace urgente y necesario que el Estado Libre Asociado asuma el pago del servicio de la deuda ( $8,499,700 ) contraida y por contraerse de $25.2 millones, asi como los costos de financiamiento en que incurra la Autoridad para los fines y propositos antes mencionados.
El nuevo contrato de préstamo con la Fm. H.A. requiere que el Estado Libre Asociado garantice el pago del servicio de la deuda de un préstamo por $14,695,000 que se le otorgó a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados en el 1976. Esta garantía solo será efectiva si la Autoridad en algún momento futuro no pudiera cumplir.
Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:
Artículo 1.- El Estado Libre Asociado de Puerto Rico se compromete a reembolsar a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico, el principal, los intereses y los gastos de financiamiento en que incurra dicha agencia para pagar los préstamos concedidos a ésta por la Farmer's Home Administration para la construcción de proyectos de acueductos y alcantarillados sanitarios en comunidades o áreas rurales que cualifiquen para dichos préstamos, los cuales ascienden a $33.7 millones.
Artículo 2.- El Estado Libre Asociado de Puerto Rico se compromete a garantizar el pago del servicio de la deuda del préstamo de $14,695,000 que la Farmer's Home Administration otorgó a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados en el 1976. Esta garantía será efectiva en caso de que la Autoridad no pueda cumplir con este compromiso.
Artículo 3.- La Oficina de Presupuesto y Gerencia del Estado Libre Asociado de Puerto Rico consignará anualmente en el presupuesto funcional de gastos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico aquellas cantidades que sean necesarias para cubrir los costos de principal, intereses y otros gastos de financiamiento en que incurra la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados para el pago de dichos préstamos.
Artículo 4.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
Presidente de la Cámara
Presidente del Senado
Departamento de Fistula CERTIFICO: que es copin fiel $y$ exacta del original aprohode y fir. modo por el Gobernedor del $f$ t. de. Libro Asociado de Puerto Rico el dia $\vec{n} .$. de abril. de 1986.
L E Y
Para proveer que el Estado Libre Asociado de Puerto Rico reembolse a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico el principal más el costo de financiamiento de los préstamos aprobados a la Autoridad por la Farmer's Home Administration para la construcción de proyectos de acueductos rurales y de alcantarillado sanitario en comunidades o áreas rurales que cualifiquen para dichos préstamos cuyo monto total asciende a $33.7 millones y proveer además una garantía de pago del Estado Libre Asociado a la Farmer's Home Administration del servicio de la deuda de un préstamo de dinero montante a $14,695,000 en caso de que la Autoridad no pudiera cumplir con el mismo.
EXPOSICION DE MOTIVOS
La Administración Federal de Hogares para Agricultores (Farmer's Home Administration) está facultada por el Congreso de los Estados Unidos a conceder préstamos a municipalidades y a agencias e instrumentalidades gubernamentales, incluyendo a Puerto Rico, para financiar la construcción de facilidades de acueducto y alcantarillado en comunidades o áreas rurales cuya población no exceda de diez mil (10,000) habitantes.
Existe en Puerto Rico un gran número de áreas o comunidades rurales que carecen aún de los servicios de acueductos y alcantarillados sanitarios. La Autoridad de Acueductos y Alcantarillados se ha acogido al plan de préstamos que ofrece la Farmer's Home Administration, como fuente principal de financiamiento para cubrir aproximadamente un 85% de los costos de construcción de las mencionadas obras durante los años fiscales 1977-79. En virtud de la Ley de 1976, el Estado se comprometió a reembolsar a la Autoridad el principal más costos de financiamiento de los préstamos así obtenidos. Los gastos indirectos se financiaron mediante fondos propios de la Autoridad.
Al expirar la vigencia de la Ley 76 de 1976, la Autoridad continuó tomando préstamos directos a la Fm. H.A. (no reembolsables por el Estado) para poder continuar financiando, principalmente sus obras de acueductos rurales, y algunas de alcantarillados.
La Autoridad cuenta en su programación con aproximadamente 75 proyectos de agua y alcantarillado cuyo costo estimado se
compone de $26.7 millones en préstamos y $15.0 millones en donativos federales disponibles para un costo total estimado en $41.7 millones.
De éstos la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico ha recibido en préstamos la cantidad de $8.5 millones y donativos por la cantidad de $2.3 millones en proyectos de construcción.
Al presente, la situación financiera de la Autoridad no le permite honrar los compromisos contraidos ni continuar solicitando préstamos adicionales. De no encontrar una alternativa de financiamiento la Autoridad tendrá que paralizar el desarrollo del programa de construcción de acueductos rurales con el agravante de no disponer de recursos para pagar la deuda contraída al presente.
Es por tanto que se hace urgente y necesario que el Estado Libre Asociado asuma el pago del servicio de la deuda ( $8,499,700 ) contraída y por contraerse de $25.2 millones, así como los costos de financiamiento en que incurra la Autoridad para los fines y propósitos antes mencionados.
El nuevo contrato de préstamo con la Fm. H.A. requiere que el Estado Libre Asociado garantice el pago del servicio de la deuda de un préstamo por $14,695,000 que se le otorgó a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados en el 1976. Esta garantía solo será efectiva si la Autoridad en algún momento futuro no pudiera cumplir.
Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:
Artículo 1.- El Estado Libre Asociado de Puerto Rico se compromete a reembolsar a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico, el principal, los intereses y los gastos de financiamiento en que incurra dicha agencia para pagar los préstamos concedidos a ésta por la Farmer's Home Administration para la construcción de proyectos de acueductos y alcantarillados sanitarios en comunidades o áreas rurales que cualifiquen para dichos préstamos, los cuales ascienden a $33.7 millones.
Artículo 2.- El Estado Libre Asociado de Puerto Rico se compromete a garantizar el pago del servicio de la deuda del préstamo de $14,695,000 que la Farmer's Home Administration otorgó a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados en el 1976. Esta garantía será efectiva en caso de que la Autoridad no pueda cumplir con este compromiso.
Artículo 3.- La Oficina de Presupuesto y Gerencia del Estado Libre Asociado de Puerto Rico consignará anualmente en el presupuesto funcional de gastos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico aquellas cantidades que sean necesarias para cubrir los costos de principal, intereses y otros gastos de financiamiento en que incurra la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados para el pago de dichos préstamos.
Artículo 4.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
Presidente de la Cámara
Presidente del Senado
L E Y
Para proveer que el Estado Libre Asociado de Puerto Rico reembolse a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico el principal más el costo de financiamiento de los préstamos aprobados a la Autoridad por la Farmer's Home Administration para la construcción de proyectos de acueductos rurales y de alcantarillado sanitario en comunidades o áreas rurales que cualifiquen para dichos préstamos cuyo monto total asciende a $33.7 millones y proveer además una garantía de pago del Estado Libre Asociado a la Farmer's Home Administration del servicio de la deuda de un préstamo de dinero montante a $14,695,000 en caso de que la Autoridad no pudiera cumplir con el mismo.
EXPOSICION DE MOTIVOS
La Administración Federal de Hogares para Agricultores (Farmer's Home Administration) está facultada por el Congreso de los Estados Unidos a conceder préstamos a municipalidades y a agencias e instrumentalidades gubernamentales, incluyendo a Puerto Rico, para financiar la construcción de facilidades de acueducto y alcantarillado en comunidades o áreas rurales cuya población no exceda de diez mil (10,000) habitantes.
Existe en Puerto Rico un gran número de áreas o comunidades rurales que carecen aún de los servicios de acueductos y alcantarillados sanitarios. La Autoridad de Acueductos y Alcantarillados se ha acogido al plan de préstamos que ofrece la Farmer's Home Administration, como fuente principal de financiamiento para cubrir aproximadamente un 85% de los costos de construcción de las mencionadas obras durante los años fiscales 1977-79. En virtud de la Ley de 1976, el Estado se comprometió a reembolsar a la Autoridad el principal más costos de financiamiento de los préstamos así obtenidos. Los gastos indirectos se financiaron mediante fondos propios de la Autoridad.
Al expirar la vigencia de la Ley 76 de 1976, la Autoridad continuó tomando préstamos directos a la Fm. H.A. (no reembolsables por el Estado) para poder continuar financiando, principalmente sus obras de acueductos rurales, y algunas de alcantarillados.
La Autoridad cuenta en su programación con aproximadamente 75 proyectos de agua y alcantarillado cuyo costo estimado se
compone de $26.7 millones en préstamos y $15.0 millones en donativos federales disponibles para un costo total estimado en $41.7 millones.
De éstos la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico ha recibido en préstamos la cantidad de $8.5 millones y donativos por la cantidad de $2.3 millones en proyectos de construcción.
Al presente, la situación financiera de la Autoridad no le permite honrar los compromisos contraidos ni continuar solicitando préstamos adicionales. De no encontrar una alternativa de financiamiento la Autoridad tendrá que paralizar el desarrollo del programa de construcción de acueductos rurales con el agravante de no disponer de recursos para pagar la deuda contraída al presente.
Es por tanto que se hace urgente y necesario que el Estado Libre Asociado asuma el pago del servicio de la deuda ( $8,499,700 ) contraída y por contraerse de $25.2 millones, así como los costos de financiamiento en que incurra la Autoridad para los fines y propositos antes mencionados.
El nuevo contrato de préstamo con la Fm. H.A. requiere que el Estado Libre Asociado garantice el pago del servicio de la deuda de un préstamo por $14,695,000 que se le otorgó a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados en el 1976. Esta garantía solo será efectiva si la Autoridad en algún momento futuro no pudiera cumplir.
Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:
Artículo 1.- El Estado Libre Asociado de Puerto Rico se compromete a reembolsar a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico, el principal, los intereses y los gastos de financiamiento en que incurra dicha agencia para pagar los préstamos concedidos a ésta por la Farmer's Home Administration para la construcción de proyectos de acueductos y alcantarillados sanitarios en comunidades o áreas rurales que cualifiquen para dichos préstamos, los cuales ascienden a $33.7 millones.
Artículo 2.- El Estado Libre Asociado de Puerto Rico se compromete a garantizar el pago del servicio de la deuda del préstamo de $14,695,000 que la Farmer's Home Administration otorgó a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados en el 1976. Esta garantía será efectiva en caso de que la Autoridad no pueda cumplir con este compromiso.
Artículo 3.- La Oficina de Presupuesto y Gerencia del Estado Libre Asociado de Puerto Rico consignará anualmente en el presupuesto funcional de gastos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico aquellas cantidades que sean necesarias para cubrir los costos de principal, intereses y otros gastos de financiamiento en que incurra la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados para el pago de dichos préstamos.
Artículo 4.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
Presidente de la Cámara
Presidente del Senado
L E Y
Para proveer que el Estado Libre Asociado de Puerto Rico reembolse a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico el principal más el costo de financiamiento de los préstamos aprobados a la Autoridad por la Farmer's Home Administration para la construcción de proyectos de acueductos rurales y de alcantarillado sanitario en comunidades o áreas rurales que cualifiquen para dichos préstamos cuyo monto total asciende a $33.7 millones y proveer además una garantía de pago del Estado Libre Asociado a la Farmer's Home Administration del servicio de la deuda de un préstamo de dinero montante a $14,695,000 en caso de que la Autoridad no pudiera cumplir con el mismo.
EXPOSICION DE MOTIVOS
La Administración Federal de Hogares para Agricultores (Farmer's Home Administration) está facultada por el Congreso de los Estados Unidos a conceder préstamos a municipalidades y a agencias e instrumentalidades gubernamentales, incluyendo a Puerto Rico, para financiar la construcción de facilidades de acueducto y alcantarillado en comunidades o áreas rurales cuya población no exceda de diez mil (10,000) habitantes.
Existe en Puerto Rico un gran número de áreas o comunidades rurales que carecen aún de los servicios de acueductos y alcantarillados sanitarios. La Autoridad de Acueductos y Alcantarillados se ha acogido al plan de préstamos que ofrece la Farmer's Home Administration, como fuente principal de financiamiento para cubrir aproximadamente un 85% de los costos de construcción de las mencionadas obras durante los años fiscales 1977-79. En virtud de la Ley de 1976, el Estado se comprometió a reembolsar a la Autoridad el principal más costos de financiamiento de los préstamos así obtenidos. Los gastos indirectos se financiaron mediante fondos propios de la Autoridad.
Al expirar la vigencia de la Ley 76 de 1976, la Autoridad continuó tomando préstamos directos a la Fm. H.A. (no reembolsables por el Estado) para poder continuar financiando, principalmente sus obras de acueductos rurales, y algunas de alcantarillados.
La Autoridad cuenta en su programación con aproximadamente 75 proyectos de agua y alcantarillado cuyo costo estimado se
compone de $26.7 millones en préstamos y $15.0 millones en donativos federales disponibles para un costo total estimado en $41.7 millones.
De éstos la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico ha recibido en préstamos la cantidad de $8.5 millones y donativos por la cantidad de $2.3 millones en proyectos de construcción.
Al presente, la situación financiera de la Autoridad no le permite honrar los compromisos contraidos ni continuar solicitando préstamos adicionales. De no encontrar una alternativa de financiamiento la Autoridad tendrá que paralizar el desarrollo del programa de construcción de acueductos rurales con el agravante de no disponer de recursos para pagar la deuda contraida al presente.
Es por tanto que se hace urgente y necesario que el Estado Libre Asociado asuma el pago del servicio de la deuda ( $8,499,700 ) contraida y por contraerse de $25.2 millones, así como los costos de financiamiento en que incurra la Autoridad para los fines y propósitos antes mencionados.
El nuevo contrato de préstamo con la Fm. H.A. requiere que el Estado Libre Asociado garantice el pago del servicio de la deuda de un préstamo por $14,695,000 que se le otorgó a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados en el 1976. Esta garantía solo será efectiva si la Autoridad en algún momento futuro no pudiera cumplir.
Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:
Artículo 1.- El Estado Libre Asociado de Puerto Rico se compromete a reembolsar a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico, el principal, los intereses y los gastos de financiamiento en que incurra dicha agencia para pagar los préstamos concedidos a ésta por la Farmer's Home Administration para la construcción de proyectos de acueductos y alcantarillados sanitarios en comunidades o áreas rurales que cualifiquen para dichos préstamos, los cuales ascienden a $33.7 millones.
Artículo 2.- El Estado Libre Asociado de Puerto Rico se compromete a garantizar el pago del servicio de la deuda del préstamo de $14,695,000 que la Farmer's Home Administration otorgó a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados en el 1976. Esta garantía será efectiva en caso de que la Autoridad no pueda cumplir con este compromiso.
Artículo 3.- La Oficina de Presupuesto y Gerencia del Estado Libre Asociado de Puerto Rico consignará anualmente en el presupuesto funcional de gastos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico aquellas cantidades que sean necesarias para cubrir los costos de principal, intereses y otros gastos de financiamiento en que incurra la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados para el pago de dichos préstamos.
Artículo 4.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
Presidente de la Cámara
Presidente del Senado
L E Y
Para proveer que el Estado Libre Asociado de Puerto Rico reembolse a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico el principal más el costo de financiamiento de los préstamos aprobados a la Autoridad por la Farmer's Home Administration para la construcción de proyectos de acueductos rurales y de alcantarillado sanitario en comunidades o áreas rurales que cualifiquen para dichos préstamos cuyo monto total asciende a $33.7 millones y proveer además una garantía de pago del Estado Libre Asociado a la Farmer's Home Administration del servicio de la deuda de un préstamo de dinero montante a $14,695,000 en caso de que la Autoridad no pudiera cumplir con el mismo.
EXPOSICION DE MOTIVOS
La Administración Federal de Hogares para Agricultores (Farmer's Home Administration) está facultada por el Congreso de los Estados Unidos a conceder préstamos a municipalidades y a agencias e instrumentalidades gubernamentales, incluyendo a Puerto Rico, para financiar la construcción de facilidades de acueducto y alcantarillado en comunidades o áreas rurales cuya población no exceda de diez mil (10,000) habitantes.
Existe en Puerto Rico un gran número de áreas o comunidades rurales que carecen aún de los servicios de acueductos y alcantarillados sanitarios. La Autoridad de Acueductos y Alcantarillados se ha acogido al plan de préstamos que ofrece la Farmer's Home Administration, como fuente principal de financiamiento para cubrir aproximadamente un 85% de los costos de construcción de las mencionadas obras durante los años fiscales 1977-79. En virtud de la Ley de 1976, el Estado se comprometió a reembolsar a la Autoridad el principal más costos de financiamiento de los préstamos así obtenidos. Los gastos indirectos se financiaron mediante fondos propios de la Autoridad.
Al expirar la vigencia de la Ley 76 de 1976, la Autoridad continuó tomando préstamos directos a la Fm. H.A. (no reembolsables por el Estado) para poder continuar financiando, principalmente sus obras de acueductos rurales, y algunas de alcantarillados.
La Autoridad cuenta en su programación con aproximadamente 75 proyectos de agua y alcantarillado cuyo costo estimado se
compone de $26.7 millones en préstamos y $15.0 millones en donativos federales disponibles para un costo total estimado en $41.7 millones.
De éstos la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico ha recibido en préstamos la cantidad de $8.5 millones y donativos por la cantidad de $2.3 millones en proyectos de construcción.
Al presente, la situación financiera de la Autoridad no le permite honrar los compromisos contraidos ni continuar solicitando préstamos adicionales. De no encontrar una alternativa de financiamiento la Autoridad tendrá que paralizar el desarrollo del programa de construcción de acueductos rurales con el agravante de no disponer de recursos para pagar la deuda contraida al presente.
Es por tanto que se hace urgente y necesario que el Estado Libre Asociado asuma el pago del servicio de la deuda ( $8,499,700 ) contraida y por contraerse de $25.2 millones, así como los costos de financiamiento en que incurra la Autoridad para los fines y propositos antes mencionados.
El nuevo contrato de préstamo con la Fm. H.A. requiere que el Estado Libre Asociado garantice el pago del servicio de la deuda de un préstamo por $14,695,000 que se le otorgó a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados en el 1976. Esta garantía solo será efectiva si la Autoridad en algún momento futuro no pudiera cumplir.
Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:
Artículo 1.- El Estado Libre Asociado de Puerto Rico se compromete a reembolsar a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico, el principal, los intereses y los gastos de financiamiento en que incurra dicha agencia para pagar los préstamos concedidos a ésta por la Farmer's Home Administration para la construcción de proyectos de acueductos y alcantarillados sanitarios en comunidades o áreas rurales que cualifiquen para dichos préstamos, los cuales ascienden a $33.7 millones.
Artículo 2.- El Estado Libre Asociado de Puerto Rico se compromete a garantizar el pago del servicio de la deuda del préstamo de $14,695,000 que la Farmer's Home Administration otorgó a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados en el 1976. Esta garantía será efectiva en caso de que la Autoridad no pueda cumplir con este compromiso.
Artículo 3.- La Oficina de Presupuesto y Gerencia del Estado Libre Asociado de Puerto Rico consignará anualmente en el presupuesto funcional de gastos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico aquellas cantidades que sean necesarias para cubrir los costos de principal, intereses y otros gastos de financiamiento en que incurra la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados para el pago de dichos préstamos.
Artículo 4.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
Presidente de la Cámara
Presidente del Senado
(P. de la C. 714)
Para proveer que el Estado Libre Asociado de Puerto Rico reembolse a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico el principal más el costo de financiamiento de los préstamos aprobados a la Autoridad por la Farmer's Home Administration para la construcción de proyectos de acueductos rurales y de alcantarillado sanitario en comunidades o áreas rurales que cualifiquen para dichos préstamos cuyo monto total asciende a $33.7 millones y proveer además una garantía de pago del Estado Libre Asociado a la Farmer's Home Administration del servicio de la deuda de un préstamo de dinero montante a $14,695,000 en caso de que la Autoridad no pudiera cumplir con el mismo.
EXPOSICION DE MOTIVOS
La Administración Federal de Hogares para Agricultores (Farmer's Home Administration) está facultada por el Congreso de los Estados Unidos a conceder préstamos a municipalidades y a agencias e instrumentalidades gubernamentales, incluyendo a Puerto Rico, para financiar la construcción de facilidades de acueducto y alcantarillado en comunidades o áreas rurales cuya población no exceda de diez mil (10,000) habitantes.
Existe en Puerto Rico un gran número de áreas o comunidades rurales que carecen aún de los servicios de acueductos y alcantarillados sanitarios. La Autoridad de Acueductos y Alcantarillados se ha acogido al plan de préstamos que ofrece la Farmer's Home Administration, como fuente principal de financiamiento para cubrir aproximadamente un 85% de los costos de construcción de las mencionadas obras durante los años fiscales 1977-79. En virtud de la Ley de 1976, el Estado se comprometió a reembolsar a la Autoridad el principal más costos de financiamiento de los préstamos así obtenidos. Los gastos indirectos se financiaron mediante fondos propios de la Autoridad.
Al expirar la vigencia de la Ley 76 de 1976, la Autoridad continuó tomando préstamos directos a la Fm. H.A. (no reembolsables por el Estado) para poder continuar financiando, principalmente sus obras de acueductos rurales, y algunas de alcantarillados.
La Autoridad cuenta en su programación con aproximadamente 75 proyectos de agua y alcantarillado cuyo costo estimado se
compone de $26.7 millones en préstamos y $15.0 millones en donativos federales disponibles para un costo total estimado en $41.7 millones.
De éstos la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico ha recibido en préstamos la cantidad de $8.5 millones y donativos por la cantidad de $2.3 millones en proyectos de construcción.
Al presente, la situación financiera de la Autoridad no le permite honrar los compromisos contraídos ni continuar solicitando préstamos adicionales. De no encontrar una alternativa de financiamiento la Autoridad tendrá que paralizar el desarrollo del programa de construcción de acueductos rurales con el agravante de no disponer de recursos para pagar la deuda contraída al presente.
Es por tanto que se hace urgente y necesario que el Estado Libre Asociado asuma el pago del servicio de la deuda ( $8,499,700 ) contraída y por contraerse de $25.2 millones, así como los costos de financiamiento en que incurra la Autoridad para los fines y propósitos antes mencionados.
El nuevo contrato de préstamo con la Fm. H.A. requiere que el Estado Libre Asociado garantice el pago del servicio de la deuda de un préstamo por $14,695,000 que se le otorgó a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados en el 1976. Esta garantía solo será efectiva si la Autoridad en algún momento futuro no pudiera cumplir.
Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:
Artículo 1.- El Estado Libre Asociado de Puerto Rico se compromete a reembolsar a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico, el principal, los intereses y los gastos de financiamiento en que incurra dicha agencia para pagar los préstamos concedidos a ésta por la Farmer's Home Administration para la construcción de proyectos de acueductos y alcantarillados sanitarios en comunidades o áreas rurales que cualifiquen para dichos préstamos, los cuales ascienden a $33.7 millones.
Artículo 2.- El Estado Libre Asociado de Puerto Rico se compromete a garantizar el pago del servicio de la deuda del préstamo de $14,695,000 que la Farmer's Home Administration otorgó a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados en el 1976. Esta garantía será efectiva en caso de que la Autoridad no pueda cumplir con este compromiso.
Artículo 3.- La Oficina de Presupuesto y Gerencia del Estado Libre Asociado de Puerto Rico consignará anualmente en el presupuesto funcional de gastos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico aquellas cantidades que sean necesarias para cubrir los costos de principal, intereses y otros gastos de financiamiento en que incurra la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados para el pago de dichos préstamos.
Artículo 4.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
Presidente de la Cámara
Presidente del Senado
Erepitititamantos de Eistado CERTIFICO: que es repia fiel y exerta del ariginal nprohode y fir. made per al Cederendar del Eo de Libro Asociado de Puerto Rico al dia 3.... de abril.... de 1986.
Reunle lea Realusí
Secretaria Auxiliar de Estado do Puerto Rico
1ro de abril de 1986
MEMORANDO
| A | $:$ | Hon. Rafael Hernández Colón |
|---|---|---|
| Gobernador |
Le remito el Proyecto de la Cámara 714, aprobado por la Asamblea Legislativa, para proveer que el Estado Libre Asociado de Puerto Rico rembolse a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico el principal más el costo de financiamiento de los préstamos aprobados a la Autoridad por la Farmer's Home Administration para la construcción de proyectos de acueductos rurales y de alcantarillado sanitario en comunidades o áreas rurales que cualifiquen para dichos préstamos cuyo monto total asciende a $33.7 millones y proveer además una garantía de pago del Estado Libre Asociado a la Farmer's Home Administration del servicio de la deuda de un préstamo de dinero montante a $14,695,000 en caso de que la Autoridad no pudiera cumplir con el mismo. El término para su decisión VENCE VIERNES 11 ABRIL ( $1: 10$ p.m.).
Justicia - Adelanta favorable Hacienda - No objeta Presupuesto - Endosa Planificación - Favorable Acueductos y Alcantarillados - Favorable Banco Fomento - Favorable
RECOMIENDO LE IMPARTA SU FIRMA.
L E Y
Para proveer que el Estado Libre Asociado de Puerto Rico reembolse a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico el principal más el costo de financiamiento de los préstamos aprobados a la Autoridad por la Farmer's Home Administration para la construcción de proyectos de acueductos rurales y de alcantarillado sanitario en comunidades o áreas rurales que cualifiquen para dichos préstamos cuyo monto total asciende a $33.7 millones y proveer además una garantía de pago del Estado Libre Asociado a la Farmer's Home Administration del servicio de la deuda de un préstamo de dinero montante a $14,695,000 en caso de que la Autoridad no pudiera cumplir con el mismo.
EXPOSICION DE MOTIVOS
La Administración Federal de Hogares para Agricultores (Farmer's Home Administration) está facultada por el Congreso de los Estados Unidos a conceder préstamos a municipalidades y a agencias e instrumentalidades gubernamentales, incluyendo a Puerto Rico, para financiar la construcción de facilidades de acueducto y alcantarillado en comunidades o áreas rurales cuya población no exceda de diez mil (10,000) habitantes.
Existe en Puerto Rico un gran número de áreas o comunidades rurales que carecen aún de los servicios de acueductos y alcantarillados sanitarios. La Autoridad de Acueductos y Alcantarillados se ha acogido al plan de préstamos que ofrece la Farmer's Home Administration, como fuente principal de financiamiento para cubrir aproximadamente un 85% de los costos de construcción de las mencionadas obras durante los años fiscales 1977-79. En virtud de la Ley de 1976, el Estado se comprometió a reembolsar a la Autoridad el principal más costos de financiamiento de los préstamos así obtenidos. Los gastos indirectos se financiaron mediante fondos propios de la Autoridad.
Al expirar la vigencia de la Ley 76 de 1976, la Autoridad continuó tomando préstamos directos a la Fm. H.A. (no reembolsables por el Estado) para poder continuar financiando, principalmente sus obras de acueductos rurales, y algunas de alcantarillados.
La Autoridad cuenta en su programación con aproximadamente 75 proyectos de agua y alcantarillado cuyo costo estimado se