Ley 1 del 1984

Resumen

Esta ley enmienda el Artículo 3 de la Ley Núm. 81 del 23 de junio de 1971, conocida como "Ley del Nuevo Centro de San Juan", para autorizar el pago de una dieta de $50.00 por reunión a los miembros de la Junta de Gobierno de la Corporación del Nuevo Centro de San Juan que no sean funcionarios públicos. La enmienda busca remunerar a los miembros no gubernamentales por su servicio y los gastos incurridos.

Contenido

(P. DEL S. 1100)

Para enmendar el inciso

(b) del Artículo 3 de la Ley Núm. 81 del 23 de junio de 1971, según enmendada, conocida como "Ley del Nuevo Centro de San Juan", para autorizar el pago de dieta ascendente a $50.00 por reunión a los miembros de la Junta de Gobierno de la Corporación del Nuevo Ce:tro de San Juan que no sean funcionarios públicos.

EXPOSICION DE MOTIVOS

La Ley Número 81 del 23 de junio de 1971, según enmendada, creó la Corporación del Nuevo Centro de San Juan, la cual establece en el Artículo 3, inciso (3) que los poderes de esa corporación se ejercerán y su política general se determinará por una Junta de Gobierno ccmpuesta por siete (7) miembros, a saber: El Director Ejecutivo de la Administración de Terrenos de Puerto Rico, quien será su Presidente, el Honorable Alcalde de San Juan o la persona en quien éste delegue y cinco (5) personas nombradas por el Gobernador de Puerto Rico, con el consejo y consentimiento del Senado. Asimismo, se establece que los miembros de la Junta no recibirán remuneración por sus servicios como tales.

Al presente, cinco (5) de los siete (7) miembros de la Junta de Gobierno no son funcionarios públicos y por lo tanto no reciben remuneración alguna del Gobierno de Puerto Rico. Su labor en la Junta ha sido completamente desinteresada, aún cuando la misma ha podido afectar sus actividades económicas. En pro de eliminar una situación que no procede en justicia y equidad, los miembros que no sean funcionarios públicos deben ser remunerados por sus servicios como tales de acuerdo a la función por ellos realizada y los gastos económicos que la misma les presenta.

Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:

Sección 1.- Se enmienda el inciso

(b) del Artículo 3 de la Ley Núm. 81 del 23 de junio de 1971, según enmendada, para que se lea como sigue:

(b) Los poderes de la Corporación se ejercerán y su política - 1: : general se determinará por una Junta de Gobierno compuesta por siete (7) miembros, a saber: El Director Ejecutivo de la - 1 : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : :

Page 1

Puerto Rico, con ei cónsejo y consentimiento del Senado. Dos (2) de estos-muembros serán nombrados por un término inicial de dos (2) años, los otros dos (2) por un término de tres (3) años y 'el restante' por un término de cuatro (4) años. Los nombramientos subsiguientes se harán por el término de cuatro (4) años. Los miembros de la Junta seguirán en sus cargos hasta que sus sucesores sean nombrados y tomen posesión de dichos cargos. Cuatro (4) miembros de la Junta constituirán: quórum, y el voto afirmativo de la mayoría de los miembros presentes cuando haya quórum será necesario para que la Junta tome cualquier acuerdo. El Director Ejecutivo de la Administración de Terrenos de Puerto Rico y el Alcalde de San Juan no recibirán remuneración por sus servicios como miembros de la Junta. Los miembros de la Junta que no sean funcionarios públicos, recibirán la cantidad de cincuenta (50) aüares por concepto de dieta por cada día de reunión a que asistan."

Sección 2.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

Presidente del Senado

Presidente de la Cámara

Deparamento de Estado

CERTIFICO: que os copia fiel y exacta del original oprobado y fir mado por el Gobernador del Estado Libro Asociado de Puerta Rice ol 2 dia ..... de ..... do 19 f.....

Page 2
Enmiendas0 enmiendas relacionadas con esta ley

Esta ley no ha sido enmendada **

Esta ley no modifica otras leyes. **

** Aún estamos procesando enmiendas, puede que falte Información.