Ley 17 del 1982
Resumen
Esta ley autoriza al Secretario de Agricultura a incorporar los fondos transferidos por la Ley Número 8 de 1970 a la cartera de préstamos de la Corporación de Crédito Agrícola, y simultáneamente deroga dicha Ley Número 8.
Contenido
(P. del S. 513) $F_{1} 9$
LEY
Para autorizar al Secretario de Agricultura a que haga formar parte de la cartera de préstamos de la Corporación de Crédito Agrícola los fondos transferidos por la Ley Número 8, aprobada el 17 de junio de 1970, según enmendada, y para derogar la Ley antes mencionada.
Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:
Sección 1.- Se autoriza al Secretario de Agricultura, a que haga formar parte de la cartera de préstamos de la Corporación de Crédito Agrícola los fondos transferidos mediante la Ley Número 8, aprobada en 17 de junio de 1970, según enmendada.
Sección 2.- Se deroga la Ley Número 8, aprobada el 17 de junio de 1970, según enmendada.
Sección 3.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
Presidente del Senado
Presidente de la Cámara