Ley 19 del 1981
Resumen
Esta ley enmienda la Ley Núm. 269 de 1949 para eximir del pago de contribuciones sobre la propiedad a los dueños de proyectos de vivienda de bajo costo adquiridos del Departamento de la Vivienda. Dichos proyectos deben ser rehabilitados y dedicados a vivienda de alquiler con subsidio bajo la Sección 8 de la Ley Nacional de Hogares de 1974, con el fin de proveer vivienda a familias de ingresos bajos o moderados.
Contenido
(P. de.la C. 113).
9ma. Asamblea Legislativa Núm. 19
1es. Sesión Extraordinaria
(Aprobada en 2 de. gindat.......de 19.81.)
LEY
Para enmendar el Artículo 1
(a) de la Ley Número 269 de 11 de mayo de 1949, según enmendada, para eximir del pago de contribuciones sobre la propiedad a los dueños de propiedades que hayan adquirido del Departamento de la Vivienda proyectos de vivienda a bajo costo para rehabilitarlos parcialmente y dedicarlos a vivienda de alquiler bajo la Sección 8 de la Ley Nacional de Hogares de 1974.
Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:
Sección 1.- Se enmienda el Artículo 1
(a) de la Ley Número 269 de 11 de mayo de 1949, según enmendada, para que se lea como sigue: "Artículo 1
(a) -Por la presente quedan exonerados del pago de la contribución impuesta por los Artículos 1 y 2 de esta ley, correspondiente a los años contributivos subsiguientes a la aprobación de esta medida, los dueños de propiedades de nueva construcción que operen las mismas bajo las disposiciones de la Sección 8 de la Ley Nacional de Hogares de 1974 (Public Law 93-383, 88 Stat. 659), mientras se mantengan operando bajo las referidas disposiciones, con el propósito de proveer viviendas de alquiler con subsidio a la renta a las familias de ingresos bajos o moderados, cuando así lo certifique el Departamento de la Vivienda de Puerto Rico.
Se exime del pago de la contribución impuesta por los Artículos 1 y 2 de esta ley a los dueños de propiedades que hayan adquirido del Departamento de la Vivienda proyectos de vivienda a bajo costo para rehabilitarlos parcialmente y dedicarlos a proveer vivienda de alquiler con subsidio a familias de ingresos bajos y moderados bajo el Plan de Subsidio de Renta provisto por la Sección 8 de la Ley Nacional de Hogares de 1974 (Public Law 93-383, 88 Stat. 659), mientras los mismos se mantengan operando bajo las referidas disposiciones y cuando el Departamento de la Vivienda así lo certifique; disponiéndose que la exención antes mencionada aplicará a toda adquisición de proyectos de vivienda a bajo costo hecha a partir del año económico 1981-82."
Sección 2.- Esta Ley empezará a regir el 1 ro. de julio de 1981.
Presidente de la Cámara
Presidente del Senado
Departamento de Estado CERTIFICO: que es copia fiel y exacta del original aprobado y firmado por el Gobernador del Estado Libro Asociado de Puerto Rico el día .... d. de fintu... de 19 81..... 2