Ley 60 del 1979
Resumen
Esta ley enmienda la Ley de Ventas a Plazos y Compañías de Financiamiento (Ley Núm. 68 de 1964) para establecer que todo contrato de venta al por menor a plazos debe ofrecerse en español o inglés, a opción del comprador. Su objetivo es garantizar el derecho del consumidor a elegir el idioma de su contrato.
Contenido
(P. de la C. 735)
8va. Asamblea Legislativa Núm. 60 3ra. Sesión Orcinaria
(Aprobada en 4 de junio de 1979)
LEY
Para adicionar el Inciso (3) al Artículo 201 de la Ley Núm. 68 de 19 de junio de 1964, según enmendada, conocida como "Ley de Ventas a Plazos y Compañías de Financiamiento" a fin de ofrecer al comprador la opción de escoger una versión en español o en inglés del contrato de venta al por menor a plazos.
Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico: Sección 1.- Se adiciona un Inciso (3) al Artículo 201 de la Ley Núm. 68 de 19 de junio de 1964, según enmendada, para que se lea como sigue: "Artículo 201.-Disposiciones en Contratos de Venta al Por Menor a Plazos.- 3. Todo contrato de venta al por menor a plazos se ofrecerá redactado en el idioma español o inglés, a opción del comprador."
Sección 2.- Esta ley comenzará a regir seis (6) meses después de su aprobación.
Presidente de la Cámara
Presidente del Senado
Departamento de Estado CERTIFICO: que es copia fiel y nxacta del original aprobado y firmado por el Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico el dia ....1. de ficio de 19.19
Eeunderbeelalani Secretaria Auxiliar de Estado do Puerto Rico
August 20, 1980
Sila S. Vázquez, Director of the Office of Legislative Services of the Legislature of Puerto Rico, hereby certifies to the Secretary of State that she has duly compared the English and Spanish texts of Act No. 60 (H. B. 735) of the Third Session of the 8th Legislature of the Commonwealth of Puerto Rico, entitled:
AN ACT to add Subsection (3) of Section 201 of Act No. 68 of June 19, 1964 as amended, known as the Retail Installment Sales and Financing Companies Act, with the purpose of giving the purchaser the option of choosing between a Spanish or English version of the retail installment sales contract, and finds the same are complete, true and correct versions of each other.
(N0. 60)
(Approved June 4, 1979)
AN ACT
To add Subsection (3) of Section 201 of Act No. 68 of June 19, 1964 as amended, known as the Retail Installment Sales and Financing Companies Act, with the purpose of giving the purchaser the option of choosing between a Spanish or English version of the retail installment sales contract.
BE IT ENACTED BY THE LEGISLATURE OF PUERTO RICO: Section 1.- Subsection (3) is hereby added to Section 201 of Act No. 68 of June 19, 1964, as amended, to read as follows: "Section 201.- Provisions in the Retail Sales Installment Contract.-
- ..................................................
- Each retail installment sales contract shall be provided in the Spanish or English language, at the purchaser's option."
Section 2.- This Act shall take effect six (6) months after its approval.
(P. de la C. 735)
L E Y
Para adicionar el Inciso (3) al Artículo 201 de la Ley Núm. 68 de 19 de junio de 1964, según enmendada, conocida como "Ley de Ventas a Plazos y Compañías de Financiamiento" a fin de ofrecer al comprador la opción de escoger una versión en español o en inglés del contrato de venta al por menor a plazos.
Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:
Sección 1.- Se adiciona un Inciso (3) al Artículo 201 de la Ley Núm. 68 de 19 de junio de 1964, según enmendada, para que se lea como sigue: "Artículo 201.-Disposiciones en Contratos de Venta al Por Menor a Plazos.- 1. 3. Todo contrato de venta al por menor a plazos se ofrecerá redactado en el idioma español o inglés, a opción del comprador."
Sección 2.- Esta ley comenzará a regir seis (6) meses después de su aprobación.
(P. de la C. 735)
L E Y
Para adicionar el Inciso (3) al Artículo 201 de la Ley Núm. 68 de 19 de junio de 1964, según enmendada, conocida como "Ley de Ventas a Plazos y Compañías de Financiamiento" a fin de ofrecer al comprador la opción de escoger una versión en español o en inglés del contrato de venta al por menor a plazos.
Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:
Sección 1.- Se adiciona un Inciso (3) al Artículo 201 de la Ley Núm. 68 de 19 de junio de 1964, según enmendada, para que se lea como sigue: "Artículo 201.-Disposiciones en Contratos de Venta al Por Menor a Plazos.-
- Todo contrato de venta al por menor a plazos se ofrecerá redactado en el idioma español o inglés, a opción del comprador."
Sección 2.- Esta ley comenzará a regir seis (6) meses después de su aprobación.
(P. de la C. 735)
L E Y
Para adicionar el Inciso (3) al Artículo 201 de la Ley Núm. 68 de 19 de junio de 1964, según enmendada, conocida como "Ley de Ventas a Plazos y Compañías de Financiamiento" a fin de ofrecer al comprador la opción de escoger una versión en español o en inglés del contrato de venta al por menor a plazos.
Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:
Sección 1.- Se adiciona un Inciso (3) al Artículo 201 de la Ley Núm. 68 de 19 de junio de 1964, según enmendada, para que se lea como sigue: "Artículo 201.-Disposiciones en Contratos de Venta al Por Menor a Plazos.- 1. 3. Todo contrato de venta al por menor a plazos se ofrecerá redactado en el idioma español o inglés, a opción del comprador."
Sección 2.- Esta ley comenzará a regir seis (6) meses después de su aprobación.
(P. de la C. 735)
L E Y
Para adicionar el Inciso (3) al Artículo 201 de la Ley Núm. 68 de 19 de junio de 1964, según enmendada, conocida como "Ley de Ventas a Plazos y Compañías de Financiamiento" a fin de ofrecer al comprador la opción de escoger una versión en español o en inglés del contrato de venta al por menor a plazos.
Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:
Sección 1.- Se adiciona un Inciso (3) al Artículo 201 de la Ley Núm. 68 de 19 de junio de 1964, según enmendada, para que se lea como sigue: "Artículo 201.-Disposiciones en Contratos de Venta al Por Menor a Plazos.-
- Todo contrato de venta al por menor a plazos se ofrecerá redactado en el idioma español o inglés, a opción del comprador."
Sección 2.- Esta ley comenzará a regir seis (6) meses después de su aprobación.
(P. de la C. 735)
L E Y
Para adicionar el Inciso (3) al Artículo 201 de la Ley Núm. 68 de 19 de junio de 1964, según enmendada, conocida como "Ley de Ventas a Plazos y Compañías de Financiamiento" a fin de ofrecer al comprador la opción de escoger una versión en español o en inglés del contrato de venta al por menor a plazos.
Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:
Sección 1.- Se adiciona un Inciso (3) al Artículo 201 de la Ley Núm. 68 de 19 de junio de 1964, según enmendada, para que se lea como sigue: "Artículo 201.-Disposiciones en Contratos de Venta al Por Menor a Plazos.- 1. 3. Todo contrato de venta al por menor a plazos se ofrecerá redactado en el idioma español o inglés, a opción del comprador."
Sección 2.- Esta ley comenzará a regir seis (6) meses después de su aprobación.
(P. de la C. 735)
L E Y
Para adicionar el Inciso (3) al Artículo 201 de la Ley Núm. 68 de 19 de junio de 1964, según enmendada, conocida como "Ley de Ventas a Plazos y Compañías de Financiamiento" a fin de ofrecer al comprador la opción de escoger una versión en español o en inglés del contrato de venta al por menor a plazos.
Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:
Sección 1.- Se adiciona un Inciso (3) al Artículo 201 de la Ley Núm. 68 de 19 de junio de 1964, según enmendada, para que se lea como sigue: "Artículo 201.-Disposiciones en Contratos de Venta al Por Menor a Plazos.- 1. 3. Todo contrato de venta al por menor a plazos se ofrecerá redactado en el idioma español o inglés, a opción del comprador."
Sección 2.- Esta ley comenzará a regir seis (6) meses después de su aprobación.