Ley 13 del 1977

Resumen

Esta ley deroga la Ley Núm. 248 de 1974, la cual disponía la celebración de un referéndum para que los electores de Río Piedras decidieran si deseaban continuar formando parte del municipio de San Juan o constituirse nuevamente como municipio independiente con sus límites territoriales originales. Además, establece que los fondos asignados para la implementación de la ley derogada revertirán al Fondo General del Tesoro Estatal.

Contenido

52 Asamblea Legislativa

Núm. 13

Sesión Ordinaria

(Aprobada en 2 de may. de 1977 (P. del S. 2)

LEY

Para dercgar la Ley núm. 248 je 27 de julio de 1974, según enmendada, que dispone sobre la celebración de un referéndum para que los electores c: acitado: de Rio Piedras determinen si desean seguir forriando parte del municipio de San Juan o constituir nuevarente el municipio de Rio Piedras con los mismos límites :erritoriales que tenía antes de su anexión a la capital de Puerto Rico.

Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:

Artículo 1.- La Ley número 248 de 27 de julio de 1974, según enmendada, queda por la jresente derogada.

Artículo 2.- Los fondos que para los propósitos de implementación de la referida ley fueron asignados, revertirán al Fondo General del Tesoro Estatal.

Artículo 3.- Esta ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.

Presidente del Senado

Presidente de la Cámara Departamento de Fistato CERTIFICO: que es copin fiel y exacta del original aprobado y fir--sado por el Gobernador del Fistode Libre Asociado de Puerto Rion el sio ...h... de ...n. y... de 19 77...

Lundar de Pueblia Secretario Auxiliar de Estedo do Puerto Rios

Page 1

February 27, 1978

Sila S. Vázquez, Director of the Office of Legislative Services of the Legislature of Puerto Rico, hereby certifies to the Secretary of State that she has duly compared the English and Spanish texts of Act No. 13 (S. B. 2) of the First Session of the 8th Legislature of the Commonwealth of Puerto Rico, entitled:

AN ACT to repeal Act No. 248 of July 27, 1974 as amended, which provides for the holding of a referendum so that the qualified voters of Río Piedras may determine whether they wish to continue being part of the municipality of San Juan or to constitute the municipality of Río Piedras again, etc.

and finds the same are complete, true and correct versions of each other.

Sila S. Vázquez, Director Office of Legislative Services

Page 2

(No. 13)

(Approved May 2, 1977)

AN ACT

To repeal Act No. 248 of July 27, 1974 as amended, which provides for the holding of a referendum so that the qualified voters of Rio Piedras may determine whether they wish to continue being part of the municipality of San Juan or to constitute the municipality of Rio Piedras again with the same territorial boundaries it had before its annexation to the Capital of Puerto Rico.

BE IT ENACTED BY THE LEGISLATURE OF PUERTO RICO:

Section 1. Act No. 248 of July 27, 1974 as amended, is hereby repealed.

Section 2. The funds appropriated for the purposes of implementing such Act shall revert to the General Fund of the Commonwealth Treasury.

Section 3. This Act shall take effect immediately after its approval.

Page 3

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

Senado de Puerto Rico

(Capitolia

Yo, HECTOR M. HERNANDEZ SUAREZ, Secretario del Senado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico,

C E R T I F I C O :

Que el P. del S. 2, titulado

"LEY

Para derogar la Ley núm. 248 de 27 de julio de 1974, según enmendada, que dispone sobre la celebracion de un referéndum para que los electores capacitados de Río Piedras determinen si desean seguir formando parte del municipio de San Juan o constituir nuevamente el municipio de Río Piedras con los mismos límites territoriales que tenía antes de su anexión a la capital de Puerto Rico."; ha sido aprobado por el Senado de Puerto Rico y la Cámara de Representantes según expresa la copia que se acompaña.

EN EL SENADO DE PUERTO RICO, a los veintiséis días del mes de abril del año mil novecientos setenta y siete.

Page 4
Enmiendas0 enmiendas relacionadas con esta ley

Esta ley no ha sido enmendada **

Esta ley no modifica otras leyes. **

** Aún estamos procesando enmiendas, puede que falte Información.