Esta ley deroga la Ley Núm. 67 de 1992, que autorizaba la venta a desarrolladores privados de los proyectos Factor, Jauca y María Antonia para viviendas de interés social. La derogación permite que la Administración de Desarrollo y Mejoras de Vivienda y el Banco y Agencia de Financiamiento de la Vivienda desarrollen directamente estas comunidades, con el fin de atender la escasez de vivienda para familias de bajos ingresos.
(P. del S. 397)
Para derogar la Ley Núm. 67 de 16 de septiembre de 1992 que autoriza a la Administración de Desarrollo y Mejoras de Vivienda, agencia adscrita al Departamento de la Vivienda a vender mediante subasta a desarrolladores privados los proyectos Factor, Jauca y Maria Antonia, localizados en Arecibo, Santa Isabel y Guánica, respectivamente, para la construcción de viviendas de interés social.
Mediante la Ley Núm. 67 de 16 de septiembre de 1992 se autorizó a la Administración de Desarrollo y Mejoras de Vivienda, agencia adscrita al Departamento de la Vivienda, a vender mediante subasta a desarrolladores privados los proyectos Factor, Jauca y Maria Antonia localizados en Arecibo, Santa Isabel y Guánica, respectivamente, para dedicarlos al desarrollo de unidades de viviendas de interés social.
En los últimos meses se ha observado una tendencia de parte de algunas familias de bajos ingresos de invadir terrenos ajenos, especialmente de agencias gubernamentales. Esto es resultado de la escasez de viviendas que existe en Puerto Rico y la ausencia de una oferta adecuada que atienda esta necesidad.
Cónsono con la política del gobierno de resolver los problemas de vivienda de aquellas familias menos afortunadas, la Administración de Desarrollo y Mejoras de Vivienda ha proyectado el desarrollo de las Comunidades Factor, Jauca y Maria Antonia, conforme a las disposiciones de la Ley Núm. 4 de 18 de julio de 1986. Mediante esta Ley se creó un programa de venta de solares para el beneficio de aquellas personas o familias que por sus ingresos no cualificaban para advenir usufructuarios de un solar.
A las personas o familias que adquieren un solar, se les ofrece asesoramiento y ayuda técnica. Dicha ayuda técnica incluye el adiestramiento en técnicas sencillas de construcción, conforme a los planos y especificaciones de la Administración de Desarrollo y Mejoras de Vivienda. Además, se le ofrece supervisión por personal capacitado de la agencia.
En estos momentos, tanto la Administración de Desarrollo y Mejoras de Vivienda como el Banco y Agencia de Financiamiento de la Vivienda, están en condiciones favorables para desarrollar los proyectos Factor Jauca y Maria Antonia sin la intervención del sector privado.
Artículo 1.- Se deroga la Ley Núm. 67 de 16 de septiembre de 1992. Artículo 2.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.